Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2497/2026-S1 Sucre, 14 de septiembre de 2026
SALA PRIMERA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Ángel Edson Dávalos Rojas Acción de libertad
Expediente: 68862-2024-138-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 19 de 16 de agosto de 2024, cursante de fs. 32 a 34 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por José Alberto Navarro Alcoba en representación sin mandato de Yaqueline Becerra Soria y Junior Richard Jiménez Becerra contra José Orlando Rojas Baspineiro, Juez Público de Familia e Instrucción Penal Primero de Cotoca del departamento de Santa Cruz.
I. OBJETO PROCESAL
Los accionantes, a través de su representante sin mandato, mediante memorial presentado el 15 de agosto de 2024, cursante de fs. 16 a 17 vta., señalaron como lesionados el debido proceso en su vertiente celeridad y su derecho a la libertad; puesto que, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de robo agravado y otros, fueron detenidos preventivamente el 30 de junio de 2023, por el plazo de sesenta días, a cumplirse el 30 de agosto de ese año; empero, hasta la interposición de la acción de libertad, no se fijó fecha de audiencia para considerar su situación jurídica, motivándolos a la presentación de memoriales solicitando la instalación de verificativo de forma virtual en virtud a que los solicitantes de tutela carecerían de recursos económicos para su traslado a estrados judiciales; empero, no obtuvieron respuesta, siendo que, al haberse apersonado su defensa al despacho judicial, se les informó recién el 8 de agosto de 2024, que, se había fijado audiencia para el 13 de idénticos mes y gestión; acto procesal que no se llevó a cabo debido a la falta de notificación a las partes. Por lo que, solicitan se señale audiencia virtual dentro de las veinticuatro horas, ordenándose al funcionario de apoyo jurisdiccional, notifique a las partes procesales a través de la ciudanía digital y al Gobernador del Recinto Carcelario para su traslado al centro de cómputos de Régimen Penitenciario a efectos de que asistan a la audiencia; y, se tomen los recaudos necesarios para garantizar que el acto procesal extrañado se desarrolle.
José Orlando Rojas Baspineiro, Juez Público de Familia e Instrucción Penal Primero de Cotoca del departamento de Santa Cruz, mediante informe escrito de 16 de agosto de 2024, cursante a fs. 29, solicitó la denegatoria de tutela, arguyendo que fue la inacción del abogado del Servicio Nacional de la Defensa Pública, lo que motivó la suspensión de los actos procesales que ya estaban señalados, conforme consta del informe del Oficial de Diligencias del despacho judicial a su cargo y el oficio dirigido a la Directora Departamental de la Defensa Pública, que adjuntó.
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 19 de 16 de agosto de 2024, cursante de fs. 32 a 34 vta., concedió la tutela impetrada, ordenando a la autoridad demandada que, en el término de cinco días a partir de su notificación con la Resolución dictada, convoque a las partes, cumpla con las notificaciones y lleve adelante la audiencia solicitada, resuelva la situación jurídica por vencimiento del plazo de la detención preventiva de los impetrantes de tutela, sin costas ni multa ni determinación de responsabilidad penal o disciplinaria del demandado, por ser excusable.
En consecuencia, corresponde en revisión, determinar si tales argumentos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
II. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
En el marco del Plan de Descongestionamiento Procesal, este Tribunal Constitucional Plurinacional, en reunión de Sala Plena de 14 de enero de 2026, estableció el uso del Formato Corto de Resolución para todas las causas comprendidas en el Plan Piloto. Determinación ratificada posteriormente, a través del Acuerdo Jurisdiccional de Sala Plena TCP-SP 010/2026 de 17 de junio, en el que se estableció la resolución de causas, mediante sentencias de aplicación de jurisprudencia reiterada.
Asimismo, a través del Acuerdo Jurisdiccional de Sala Plena TCP-SP 013/2026 de 30 de julio, se dispuso la reconformación de Salas del Tribunal Constitucional Plurinacional; en cumplimiento a dicha determinación, la Comisión de Admisión de este Tribunal, procedió al sorteo de la presente causa.
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
III.1. De la acción de libertad traslativa o de pronto despacho vinculado a la suspensión de audiencias
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