Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 3199/2026-S1 Sucre, 14 de septiembre de 2026
SALA PRIMERA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Ángel Edson Dávalos Rojas Acción de libertad
Expediente: 72085-2025-145-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 287/2024 de 4 de diciembre, cursante de fs. 62 a 65 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Wilder Ribera Cuba en representación sin mandato de Aneyda Inturias Miranda, Leydi Hidalgo Rocha, Norma Araca Cruz, Leydi Vargas Franco, Salome Quemaya Fernández, Jhovana Rodríguez Quemaya, Guillermina Gonzales Taboada, Julia López Quispe, Rebeca Nava Silvestre, Roger Aguirre Alcocer, Sixto Tola Franciscano, Wilder Colque Ticona, Bladimir Santos Marcos, Natalio Meneces Herbas, Isaias Menacho Rocha, Wilfredo Quintana Rodríguez, Ariel Peredo Villarroel, Royer Bejarano Días, Juan Jamchi Guzmán y Erick Heredia Rocha actualmente detenidos preventivamente en el Centro de Orientación Femenina Obrajes, Centro Penitenciario San Pedro y Centro Penitenciario de Patacamaya todos del departamento de La Paz contra Heber Gonzalo Torrejon Siñani y Limberth Gonzalo Torrez Arcani, Juez y Secretario, ambos del Juzgado de Instrucción Penal, Anticorrupción y contra la Violencia hacia las Mujeres Decimocuarto de la Capital del departamento de La Paz; y, Claudia Yusela Miranda Averanga, Directora del Centro de Orientación Femenina Obrajes de La Paz.
I. OBJETO PROCESAL
Los accionantes, por memoriales presentados el 3 y 4 de diciembre de 2024, cursantes de fs. 11 a 15 y 27 a 28, a través de su representante, denuncian la lesión de su derecho a la libertad; aduciendo que, dentro del proceso penal que les sigue el Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos de terrorismo, alzamiento armado contra la seguridad y soberanía del estado y otros, el 2 de noviembre de ese año, fueron imputados formalmente, fijándose audiencia de consideración de medidas cautelares por el Juez ahora demandado para el mismo día, dictando la Resolución 629/2024, que dispuso la detención preventiva de los mismos, contra dicha determinación, interpusieron de forma oral en audiencia, el recurso de apelación incidental, solicitando que en el plazo de setenta y dos horas remita la apelación ante la Sala Penal de turno, su abogado defensor se apersonó al Juzgado para proveer los recaudos de ley, pero le indicaron que la resolución estaría en transcripción y en revisión en despacho; por lo que, el 29 del referido mes y año, presentaron memorial pidiendo la remisión del cuaderno procesal ante la Sala Penal de turno, sin que hasta la fecha hayan merecido respuesta alguna, dilatándose indebidamente la remisión solicitada, pese a haber transcurrido más de un mes desde la apelación formulada; motivo por el cual, solicitan se ordene a los demandados de forma inmediata, remitan el cuaderno de control jurisdiccional ante el Tribunal de alzada de turno.
Añaden que Norma Araca Cruz, se encuentra recluida en el Centro de Orientación Femenina Obrajes de La Paz desde el 2 de noviembre de 2024, encontrándose delicada de salud por estar con once semanas de embarazo, por lo que se encuentra en peligro la vida de su hijo, al no recibir atención médica adecuada para el normal desarrollo del ser en gestación, ya que fue detenida preventivamente sin tomar en cuenta su estado de gravidez, lo que lesionó su derecho a la vida; por lo que, pidieron que la Directora del referido Centro, de forma inmediata, la traslade a un centro de salud para mujeres embarazadas con el fin de proteger y precautelar la vida de su hijo y de su persona.
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