Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 004/2005 FECHA: 19 enero de 2005
EXP. N°: 1/2005
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Gerencia Grandes Contribuyentes Regional La Paz, representada por Ramón Segundo Servia Oviedo c/ Superintendencia Tributaria General.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por Ramón Segundo Servia Oviedo en representación de la Gerencia de Grandes Contribuyentes Regional La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales contra la Superintendencia Tributaria General en la que impugna la Resolución de Recurso Jerárquico STG-RJ/0016/2004 de 27 de septiembre de 2004; el informe del Ministro Tramitador Jaime Ampuero García, y
CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, señala que la demanda contencioso administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada.
Que, de la revisión de los antecedentes procesales se evidencia que la resolución impugnada fue notificada al demandante el 29 de septiembre de 2004 y la demanda fue presentada el 3 de enero del año en curso; es decir, luego de transcurridos noventa y seis días contados a partir del día siguiente hábil a la notificación y por tanto, fuera del plazo fatal establecido por el mencionado artículo 780 del Código Adjetivo, correspondiendo su rechazo in límine.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA la demanda planteada por la Gerencia de Grandes Contribuyentes La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales, por extemporánea.
Regístrese.
Firmado: Eduardo Rodríguez Veltzé
Héctor Sandoval Parada
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