Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Expediente No. 269/99
AUTO SUPREMO No. 009-Social Sucre, 07 de febrero de 2003.
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Julio Herrera Escarate y otros c/ Caja de Seguro Social de Choferes.
RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 314-317 interpuesto por la Federación de Transportistas "16 de Noviembre" de Santa Cruz, representada por Walter Gómez Díaz y Freddy Montero Saldaña, contra el auto de vista de fs. 300-301, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz, en el proceso laboral sobre cobro de beneficios sociales y sueldos seguido por Julio Herrera Escarate y otros contra la ex Caja de Seguro Social de Chóferes; sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, el dictamen fiscal de fs. 321 y
CONSIDERANDO: Que de obrados se establece que, el recurso en examen interpuesto a fs. 314-317 por Walter Gómez Díaz y Freddy Montero Saldaña está referido a la resolución de vista de fs. 300-301 dictada en apelación en el efecto devolutivo y que confirma el auto interlocutorio de fs. 187 que rechaza por falta de personería el incidente promovido por Jorge Vélez Ortiz y Walter Gómez Díaz en ejecución de autos a fs 140, ya que la sentencia de fs. 138 había adquirido ejecutoria al no haber sido apelada.
Consiguientemente el estado del proceso es el previsto por los arts. 213 y siguientes del Código Procesal del Trabajo, de ejecución de sentencia, correspondiendo en consecuencia dar aplicación al art. 518 del Código de Procedimiento Civil, con la permisión del art. 252 del Código Adjetivo Laboral, si las resoluciones dictadas en ejecución de autos sólo podrán ser apeladas en el efecto devolutivo sin recurso ulterior; por lo que el Tribunal de Apelación debió dar cumplimiento a la previsión del art. 262-3) con relación al 255-3, ambos del Procedimiento Civil.
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