Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 9/2009
EXP. N°: 58/2008
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: AXS BOLIVIA S.A. contra la Superintendencia General del SIRESE.
FECHA: 22 de enero de 2009
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa presentada por Vladimir Fernando Álvarez Roa en representación legal de AXS BOLIVIA S.A., por la que impugna la Resolución Administrativa Nº 1533 de 24 de octubre de 2007, pronunciada por el Superintendente General del SIRESE, el informe del Ministro Semanero doctor Hugo R. Suárez Calbimonte; y
CONSIDERANDO: Que admitida la demanda con providencia de 3 de marzo de 2008, se dispuso la citación de la autoridad demandada; dicho proveído fue notificado a la empresa demandante el 7 de marzo del año en curso; sin que a partir de esa fecha se apersonara a proveer los recaudos correspondientes instando así la prosecución del proceso; en consecuencia, su inactividad procesal por más de seis meses, ha dado lugar a la perención prevista por el parágrafo I del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida por el numeral 1) del artículo 4 del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN en el presente proceso por abandono.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Firmado
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