Texto del fallo
SALA CIVIL
AUTO SUPREMO N° 10 Sucre, 24 de enero de 2004
DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario sobre divorcio - Desistimiento
PARTES : Olga Pardo Méndez c/ Seferino Moscoso Arteaga
VISTOS: El memorial de desistimiento de fs. 263, presentado por la tercerista Juana Ramos Casas por intermedio de su apoderada Anselma Marlene Quisbert Medina, dentro del proceso ordinario de divorcio que sustentaron Olga Pardo Méndez y Seferino Moscoso Arteaga, el dictamen del señor Fiscal General de la República de fs. 267, y
CONSIDERANDO: Que aceptando la personería de Anselma Marlene Quisbert Medina, acreditada mediante testimonio de poder No. 587/2003 otorgado ante la Notaria de Fe Pública 69 del Distrito Judicial de Santa Cruz, y conforme prevé el art. 307 del Cód. de Pdto. Civ. corresponde sin más trámite, aceptar el desistimiento formulado.
POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, de acuerdo con el dictamen fiscal, ACEPTA el desistimiento del recurso de casación de fs. 240-243 y declara ejecutoriado el auto de vista de fs. 233-234, con costas.
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