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TSJ

AS/0010/2013

Tribunal Supremo de Justicia
14 de agosto de 2013Social 1era LiquidadoraMag. Carmén Nuñez Villegas
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA PRIMERA

AUTO SUPREMO Nº 010/2013

EXPEDIENTE: S.154/2009

PARTES: Pablo Siles Illanes c/ Agencia de Viajes Bolivar Travel Bureau S.R.L.

PROCESO: Beneficios Sociales

DISTRITO: La Paz

**********************************************************************************************

VISTOS: El recurso de casación de fojas 165 a 168, interpuesto por Víctor Hugo Rodríguez Vera en representación de Agencia de Viajes Bolívar Travel S.R.L., en mérito al testimonio de poder N° 720/2004 de 15 de noviembre de 2004 de fojas 19 y vuelta, otorgado por ante la Notaría de fe pública de Primera Clase Nº 19 del distrito Judicial de La Paz a cargo del Dr. Gustavo Tejada, por los miembros de la sociedad “Bolívar Travel Boureau Ltda.”, y la adhesión a recurso de casación de fojas 169 a 170 y vuelta, presentado por Pablo Hernán Siles Illanes, del Auto de Vista RES. A.V. N° 071/08 SSA-I de 29 de febrero de 2008 (fojas 159 y vuelta), emitido por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz dentro del proceso social por pago de beneficios sociales y sueldos devengados seguido por Pablo Hernán Siles Illanes contra la empresa recurrente, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Primero de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, dictó Sentencia Nº 31/2006, el 7 de marzo de 2006 (fojas 75 a 82 y vuelta) declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 14 a 16 e Improbada la Excepción Perentoria de Pago planteada a fojas 31 a 33 de obrados, sin costas, debiendo la empresa demandada efectuar el pago de la suma de Bs. 4.149,55 por los siguientes conceptos:

Tiempo de Servicios: 2 años, 1 mes y 18 días

Sueldo promedio indemnizable: Bs. 517,50.-

Desahucio: Bs. 1.345,00

Indemnización: Bs. 1.103,99

Vacación (gestión 2004) Bs. 258,75

Aguinaldo: duodécimas Gestión 2005 Bs. 176,81

Bono de antigüedad Bs. 135,00

Sueldos devengados: Feb/Mar/Abr.: Bs. 1.125,00

TOTAL A CANCELAR: Bs. 4.149,55

Montos que deberán ser actualizados en ejecución de Sentencia de conformidad al Decreto Supremo Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992.

En grado de apelación, deducida por ambas partes, la Sala Social Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció el Auto de Vista RES. A.V. N° 071/08 SSA-I de 29 de febrero de 2008 (fojas 159 y vuelta) confirmando en parte la Sentencia Nº 31/06 de 7 de marzo de 2006, de fojas 75 a 82 de obrados, así como el Auto Complementario de fojas 87, debiendo cancelar la empresa demandada la suma de Bs. 4.430, por concepto de pago de beneficios sociales y otros, que en ejecución de fallos debe ser objeto de aplicación en lo que corresponda al Decreto Supremo Nº 23381, conforme a la liquidación que sigue. Sin costas por ser apelantes ambas partes:

Tiempo de Servicios: 2 años, 1 mes y 18 días

Sueldo promedio indemnizable: Bs. 516.-

Desahucio: Bs. 1.548,00

Indemnización: Bs. 1.143,00

Vacación (gestión 2004) Bs. 258,00

Aguinaldo: duodécimas Gestión 2005 Bs. 176,00

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Datos del proceso

Demandante
Pablo Siles Illanes
Demandado
Agencia de Viajes Bolivar Travel Bureau S.R.L.
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Carmén Nuñez Villegas
Tribunal Supremo de Justicia14 de agosto de 2013AS/0010/2013Fuente oficial