Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 14 Sucre 11 de enero de 2006
DISTRITO : Cochabamba
PARTES : Ministerio Público c/ Carlos Velarde Vargas.
Tráfico de sustancias controladas.
MINISTRA RELATORA: Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 175 interpuesto por Carlos Velarde Vargas impugnando el auto de fecha 27 de abril de 2005 de fojas 172 a 173, pronunciado por la Sala Penal Primera de la R. Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público contra el recurrente, por el delito tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado por los artículos 48 con relación al 33 inciso m) del la Ley 1008.
CONSIDERANDO: que el Tribunal Mixto de Sentencia Nº 2 de la ciudad de Cochabamba falló declarando a Carlos Velarde Vargas autor del delito de tráfico de sustancias controladas incurso en los artículos 48 con relación al 33 inciso m) de la Ley 1008 imponiéndole la pena privativa de libertad de diez años a cumplir en el Penal del Abra de esa ciudad, multa de doscientos días a razón de boliviano 1.- por día, debiendo reparar el daño civil y costas calificables en ejecución de sentencia; dicha sentencia fue apelada y resuelta por Auto de Vista de fojas 172 a 173; auto que fue recurrido de casación y admitido por Auto Supremo de fojas 182 a 183.
CONSIDERANDO: que Carlos Velarde Vargas mediante su recurso de casación impugna el Auto de Vista de fecha 27 de abril de 2005, manifestando: 1) que tanto la sentencia como el auto recurrido han calificado su conducta como delito de tráfico de sustancias controladas interpretando incorrectamente la norma incurso en los artículos 48 con relación al 33 inciso m) de la Ley 1008, solicitando la anulación de la sentencia de primer grado; al respecto invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos Nº 251 de 27 de junio de 2004 y 217 de 13 de junio de 2003.
Mostrando 9 de 18 parrafos.