Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 017/2010
EXP. N°: 324/2006
PROCESO: Detención Preventiva con fines de extradición.
PARTES Solicitada por la Embajada de la República Federal del Brasil del ciudadano brasileño, "VAldermar Dutra"
FECHA: 07 de enero de 2010
VISTOS EN SALA PLENA: La Nota verbal GM-DGAJ-UGJ N° 2046/2009 de 7 de julio de 2009 remitida a este Tribunal por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos de la República de Bolivia, haciendo conocer la cancelación de la solicitud de extradición formulada por la H. Embajada de la República de Bolivia, haciendo conocer la cancelación de la solicitud de extradición formulada por la H. Embajada de la República Federativa del Brasil del ciudadano brasilero Valdemar Dutra, el informe del Ministro, Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte y,
CONSIDERANDO: Que la misión Diplomática del país requirente comunica a este Tribunal que el Tercer Juzgado de la Sección Judicial del Estado de Mato Grosso do Sul ha manifestado que ya no tiene interés en el ciudadano extraditable, por lo que cancela la solicitud de extradición.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ACEPTA la cancelación de la solicitud de extradición que fuera formulada por la República Federal del Brasil, teniéndola por no presentada, debiendo quedar sin efecto el mandamiento de detención preventiva dispuesto en el Auto Supremo N° 002/2007 de 10 de enero de 2007 dictado por este Tribunal disponiéndose en consecuencia el archivo de obrados.
A los efectos consiguientes comuníquese con la presente resolución al Juez Instructor Noveno en lo Penal de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra por intermedio de la Presidencia de la R. Corte Superior de aquel Distrito Judicial, así como a la H. Embajada de la República Federal del Brasil.
No intervienen por suspensión dispuesta por la Cámara de Diputados del Congreso Nacional los Ministros Eddy Walter Fernández Gutiérrez y Rosario Canedo Justiniano.
El Ministro Julio Ortiz Linares no intervine por ausencia.
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