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TSJ

AS/0017/2012

Tribunal Supremo de Justicia
6 de marzo de 2012PlenaMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Contencioso Administrativo.
Sala
Plena
Año
2012

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Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 17/2012.

EXP. N°: Exp. 552/2011.

PROCESO: Contencioso Administrativo.

PARTES: Empresa Constructora Ortíz Rodríguez Ltda. c/ Autoridad General de Impugnación Tributaria.

FECHA: Sucre, seis de marzo de dos mil doce.

VISTOS EN SALA PLENA.- La demanda contencioso administrativa interpuesta por la Empresa Constructora Ortiz Rodríguez Ltda. representada por Mario Nelson Ortíz Rodríguez, por la que impugna la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 00436/2011 de 15 de julio de 2011, pronunciada por el Director General Ejecutivo de la Autoridad General de Impugnación Tributaria, el informe del Magistrado Tramitador Jorge I. von Borries Méndez y;

CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se evidencia que con providencia de fojas 45, emitida el 21 de octubre de 2011, se otorgó a la demandante el plazo de diez días para presentación de documentación que acredita su registro en FUNDEMPRESA; sin embargo, no se cumplió lo ordenado pese a que tomó conocimiento de lo dispuesto, según se evidencia de la diligencia de fojas 46, practicada el 4 de noviembre de 2011, motivo por el que corresponde aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, tiene POR NO PRESENTADA la demanda de fojas 40 a 42, disponiendo el archivo de obrados.

No intervienen la Magistrada Maritza Suntura Juaniquina y el Magistrado Rómulo Calle Mamani por encontrase de viaje oficial.

Regístrese notifíquese y archívese.

Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano

PRESIDENTE

Jorge I. von Borries Méndez

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Criterio

CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se evidencia que con providencia de fojas 45, emitida el 21 de octubre de 2011, se otorgó a la demandante el plazo de diez días para presentación de documentación que acredita su registro en FUNDEMPRESA; sin embargo, no se cumplió lo ordenado pese a que tomó conocimiento de lo dispuesto, según se evidencia de la diligencia de fojas 46, practicada el 4 de noviembre de 2011, motivo por el que corresponde aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.

Datos del proceso

Demandante
Empresa Constructora Ortíz Rodríguez Ltda.
Demandado
Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Proceso
Contencioso Administrativo.
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Administrativo / Derecho Procesal Administrativo / Proceso Contencioso Administrativo / Demanda / Subsanación
Tribunal Supremo de Justicia6 de marzo de 2012AS/0017/2012Fuente oficial