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TSJ

AS/0020/2002

Tribunal Supremo de Justicia
10 de enero de 2002Social 1eraMag. Carlos Rocha Orosco
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2002

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA I

AUTO SUPREMO No. 020-Social Sucre, 10 de enero de 2002.

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Humberto Toledo Pereira c/ Caja de Salud de la Banca Privada.

RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 103-105, interpuesto por Carla Rosío Endara de Ugarte de Espinoza, en representación de la Caja de Salud de la Banca Privada, contra el Auto de Vista de fs. 93 pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del juicio social seguido por Humberto Toledo Pereira en contra de la institución recurrente; los antecedentes del proceso, el dictamen de fs. 110, y

CONSIDERANDO: Que planteada la demanda a fs. 3, tramitada que fue, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, a fs. 48 dictó Sentencia declarando PROBADA la demanda y disponiendo que la Caja de Salud de la Banca Privada cancele al actor la suma total de Bs. 9.947.-. En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció el Auto de Vista de fs. 93, CONFIRMANDO en todas sus partes la sentencia apelada; fallo que motivó el recurso de casación que se pasa a analizar.

CONSIDERANDO: Que el recurso de casación de fs. 103-105, resulta improcedente debido a que la recurrente incumplió los requisitos previstos en los incisos 1) y 2) del art. 258 del Código de Procedimiento Civil, pues, el mismo fue dirigido al "Señor Presidente y Ministros de la Excma. Corte Suprema de Justicia", cuando debía ser formalizado ante la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz que dictó el Auto de Vista del que recurrió y, principalmente, porque en su alegato repetitivo al de su apelación de fs. 85-86, sólo hizo un relato de actos procesales y comentarios al principio de responsabilidad de los magistrados y jueces, con relación a que los jueces de instancia ignoraron los Códigos Tributario y Civil, para concluir indicando que el Tribunal Ad quem incurrió en errónea aplicación del art. 4 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo y el artículo único de la Ley de 22 de octubre de 1949, empero sin fundamentar en que consistió la infracción a estas normas.

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Datos del proceso

Demandante
Humberto Toledo Pereira
Demandado
Caja de Salud de la Banca Privada.
Magistrado relator
Carlos Rocha Orosco
Tribunal Supremo de Justicia10 de enero de 2002AS/0020/2002Fuente oficial