Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Expediente N° 2/04
AUTO SUPREMO N° 021 - Compulsa Sucre, 16 de enero de 2004.
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Mudanzas y Transporte Liftvans Bolivia S.A. c/ Sala Social y Administrativa de la
Corte Superior de Santa Cruz.
RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé.
VISTOS: El recurso de compulsa interpuesto por Rodolfo Ramiro Revollo Vargas y Marco Antonio Capriles Rivera en representación de Mudanzas y Transporte Liftvans Bolivia S.A. contra los Autos de Vista Nº. 250 de 11 de septiembre de 2003 y Nº. 382 de 18 de septiembre de 2003 pronunciados por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Santa Cruz, dentro del proceso social seguido por Manuel Mejía Méndez contra el Grupo Exprinter Liftvans Bolivia S.A.; y
CONSIDERANDO: Que la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Santa Cruz por Auto de fecha 22 de noviembre de 2003 cursante a fs. 24 del expediente principal, (fs. 276 de las fotocopias) niega la concesión del recurso de casación interpuesto por los recurrentes contra el Auto de Vista de fs. 226-227 del expediente original (fs. 1-2 de las fotocopias) y el complementario que le sigue de fs. 7, con el argumento de que el Auto de Vista -el de fs. 226-227- resuelve una apelación incidental no prevista en el art. 255 del Código de Procedimiento Civil.
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