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TSJ

AS/0022/2002

Tribunal Supremo de Justicia
31 de enero de 2002Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2002

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Texto del fallo

SALA PENAL

AUTO SUPREMO No 22 Sucre 31 de enero de 2002

DISTRITO: Oruro

PARTES: Luis Sandoval Paredes, revisión de sentencia

VISTOS: El recurso extraordinario de revisión de sentencia, interpuesto por Luis Sandoval Paredes, a fs. 23-27 y fundamentación de fs. 34-36, como emergencia del fenecido proceso penal seguido por el Ministerio Público, por el delito de tentativa de tráfico de sustancias controladas; sus antecedentes, el requerimiento del Fiscal Adjunto de fs. 32 y 39; y

CONSIDERANDO: Que, el recurrente funda su demanda, en los numerales 4), 6) y 7) del art. 421 del Código de Procedimiento Penal, esto es, cuando después de la sentencia sobrevengan hechos nuevos, se descubran hechos preexistentes o existan elementos de prueba que demuestren: que el hecho no fue cometido; que el condenado no fue el autor o partícipe de la comisión del delito o, que el hecho no sea punible; y finalmente cuando corresponda aplicar retroactivamente una ley penal más benigna.

Que, según lo dispone el art. 423 del Nuevo Código de Procedimiento Penal: "el recurso de revisión se interpondrá por escrito, se acompañará la prueba correspondiente y contendrá, bajo pena de inadmisibilidad, la concreta referencia de los motivos en que se funda y las disposiciones legales aplicables"

Ahora bien, de la lectura y análisis de la prueba presentada y de los fundamentos de la demanda, se establece que no existe mérito para la revisión de la sentencia condenatoria, pues no cursan pruebas nuevas que demuestren que el hecho no fue cometido o que no fue autor o partícipe de la comisión del delito el impetrante; es más la demanda contiene disposiciones erradas e inaplicables, en contra de lo que señala el citado art. 423 del Código de Procedimiento Penal. De otro lado, resulta incongruente, que se pida aplicar retroactivamente una ley penal más benigna, siendo así que en lo principal el condenado aduce su inocencia, por no haber cometido delito alguno.

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Tribunal Supremo de Justicia31 de enero de 2002AS/0022/2002Fuente oficial