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TSJ

AS/0022/2014

Tribunal Supremo de Justicia
14 de marzo de 2014Social 2da LiquidadoraMag. Delfín Humberto Betancourt Chinchilla
Proceso
Reincorporación
Sala
Social 2da Liquidadora
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA

Auto Supremo N° : 022 /2014

Fecha : Sucre, 14 de marzo de 2014

Distrito : Oruro

Expediente N° : 289/2009

Partes : Edgar Angel Sanjinez Asturizaga c/ Cooperativa de Telecomunicaciones Oruro Ltda.

Proceso : Reincorporación

Recurso : Casación

VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo de fs. 60 a 61 y vta., interpuesto por Noel Carlos Blacutt Peredo, en representación legal de la Cooperativa de Telecomunicaciones Oruro Ltda. COTEOR, en virtud del Testimonio de Poder Nº 399/2008, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública Nº 10 de Primera Clase del Distrito Judicial de Oruro, de fs. 19 a 21, contra el Auto de Vista AVSSA-17/2009 de 12 de marzo del 2009, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del proceso social por Reincorporación, seguido por Edgar Angel Sanjinez Asturizaga contra la entidad recurrente, el memorial de contestación de fs. 70 y vta., el Auto que concede el Recurso de fs. 71, los antecedentes del Proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Laboral, la Jueza Segunda de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Oruro, emitió el Auto Interlocutorio Nº 022/2008 de 13 de septiembre de 2008 de fs. 34 a 35, declarando IMPROBADA la EXCEPCIÓN PREVIA DE INCOMPETENCIA opuesta de fs. 28 a 30.

En grado de apelación, por Auto de Vista AVSSA-17/2009 de 12 de marzo de 2009, de fs. 56 a 57, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, CONFIRMÓ el Auto Interlocutorio impugnado de fs. 34 a 35 del testimonio, fs. 39 a 40 del proceso principal.

Mediante memorial de fs. 67, el demandante solicita complementación del citado Auto de Vista, amparado en la previsión del art. 249 del Código de Procedimiento Civil. En mérito a dicha solicitud, el Tribunal de Alzada dicta el Auto de Complementación Nº 26/2009 de 20 de abril de 2009 a fs. 68, que en su parte pertinente dispone: “…se complementa el Auto de Vista AVSSA-17/2009 de fecha 12 de marzo de 2009, saliente de fs. 56- 57, y se condena en costas al apelante en ambas instancias”.

Que, contra el referido Auto de Vista, Noel Carlos Blacutt Peredo, en representación de la Cooperativa de Telecomunicaciones Oruro Ltda. COTEOR, interpuso Recurso de Casación en el fondo, fs. 60 a 61 y vta., en el que vierte los siguientes argumentos:

Acusa, violación e interpretación errónea de la ley; señalando que el Tribunal de Apelación aplicó e interpretó el art. 10 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, a fin de fundar su Auto de Vista, que abre la posibilidad de interponer la demanda de reincorporación ante el Juez de Trabajo y Seguridad Social.

Asimismo, aduce que el Tribunal de Alzada manifestó que al encontrarse ejecutoriada la Resolución Administrativa Nº 074/2008, agotó la vía administrativa al tenor de lo dispuesto por del art. 30 –a) del Decreto Supremo Nº 26319, lo que en el caso concreto, limita y restringe de forma inadmisible la competencia administrativa e importa la interpretación y aplicación errónea de la Ley.

Agrega, que el demandante en el presente proceso, acudió previamente a la vía administrativa, estando pendiente la Resolución de un Recurso Jerárquico, lo que importa la posibilidad que el mismo sea rechazado en esta vía, lo que implicaría la inexistencia de causales para acudir a la vía jurisdiccional, por lo que indispensablemente se debe aguardar la culminación del proceso administrativo referido, pues si la resolución administrativa adquiriera firmeza, debe ser esa misma instancia la que deba ejecutar la decisión y no como se pretende en el caso presente, accionar en dos instancias con competencias diferenciadas y excluyentes entre sí.

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Datos del proceso

Demandante
Edgar Angel Sanjinez Asturizaga
Demandado
Cooperativa de Telecomunicaciones Oruro Ltda.
Proceso
Reincorporación
Magistrado relator
Delfín Humberto Betancourt Chinchilla
Tribunal Supremo de Justicia14 de marzo de 2014AS/0022/2014Fuente oficial