Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 022/2024-RA
Fecha: 18 de enero de 2024
Expediente: LP-9-24-S.
Partes: Jaldania Paz Maldonado Sánchez, Macyel Maldonado Sánchez y Shezmi Alejandra Maldonado Sánchez c/ Roberto Quispe Yujra y Albertina Patty de Quispe.
Proceso: Resolución de contrato por incumplimiento de pago más pago de daños y perjuicios.
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación corriente de fs. 348 a 350 vta., interpuesto por Roberto Quispe Yujra y Albertina Patty de Quispe, contra el Auto de Vista Nº 755/2023 de 31 de octubre, cursante de fs. 338 a 343 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de resolución de contrato por incumplimiento de pago más pago de daños y perjuicios, seguido a instancias de Jaldania Paz Maldonado Sánchez, Macyel Maldonado Sánchez y Shezmi Alejandra Maldonado Sánchez contra los recurrentes; la contestación visible de fs. 355 a 360; el Auto de concesión de 03 de diciembre de 2023, obrante a fs. 361, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Jaldania Paz Maldonado Sánchez, Macyel Maldonado Sánchez y Shezmi Alejandra Maldonado Sánchez por memorial de fs. 25 a 30, subsanando de fs. 33 a 35 de obrados; promovieron el proceso ordinario de resolución de contrato por incumplimiento de pago más pago de daños y perjuicios, seguido contra Roberto Quispe Yujra y Albertina Patty de Quispe, quienes fueron declarados rebeldes en primera instancia mediante Auto de 02 de marzo de 2023, cursante a fs. 41 de obrados; desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 333/2021, de 20 de julio, que sale de fs. 68 a 70, en la que la Juez Publico y Civil, Comercial 7º de la ciudad de El Alto, declaró PROBADA la demanda de resolución de contrato por incumplimiento voluntario interpuesta por las demandantes, disponiendo se resuelva el Documento de Compra-Venta Nº 0041 de 12 de octubre de 2009 y en el plazo de 10 días de ejecutoriada la Sentencia se restituya a sus propietarias el inmueble ubicado en la urbanización Vida Eterna con una superficie de 300 m2; asimismo, se pague el interés del 6% anual del monto de $us. 2.459,08 a ser calculados desde la fecha de incumplimiento en el pago; por último, se devuelva a la parte demandada el monto de $us. 1.104,02 sea con costos y costas procesales.
2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación; por Roberto Quispe Yujra y Albertina Patty de Quispe, mediante memorial cursante de fs. 316 a 322, dio lugar a que la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emita el Auto de Vista Nº 755/2023, de 31 de octubre, cursante de fs. 338 a 343 vta., que REVOCÓ EN PARTE, la Sentencia Nº 333/2021, de 20 de julio, que sale de fs. 68 a 70, disponiendo dejar sin efecto el pago del interés anual del 6% por parte de los demandados en favor de las demandantes como consecuencia del incumplimiento del Documento Nº 00041.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Roberto Quispe Yujra y Albertina Patty de Quispe, según memorial cursante de fs. 348 a 350 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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