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TSJ

AS/0024/2005

Tribunal Supremo de Justicia
1 de febrero de 2005Penal IIMag. Rosario Canedo Justiniano
Proceso
Sala
Penal II
Año
2005

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO: Nº 24 Sucre, 1 de febrero de 2005

DISTRITO: Oruro

PARTES: Lilian Jovita Montaño y otras c/ Iván Felipe Rodríguez.

Asesinato.

MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano

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VISTOS: el recurso de casación de fojas 689 y vuelta interpuesto por Iván Felipe Rodríguez Aguilar por el que impugna el Auto de Vista de fojas 686 a 687 dictado en fecha 18 de diciembre de 2002 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro la demanda de calificación de responsabilidad civil, emergente del proceso penal seguido por Lilian Jovita Montaño Vásquez y otras contra el recurrente por el delito de Asesinato previsto en el artículo 252 del Código Penal, los antecedentes del proceso, lo fundamentado por la recurrente, el requerimiento del Sr. Fiscal Adjunto de fojas 696, y

CONSIDERANDO: que a fojas 686 a 687 cursa el Auto de Vista dictado en fecha 18 de diciembre de 2002 confirmando la sentencia apelada de fojas 674 a 676 dictada por el Juez de Partido Liquidador Segundo en lo Penal de la ciudad de Oruro en 20 de agosto de 2002 que declara probada la demanda de calificación de responsabilidad civil planteada por Lilian Jovita Montaño Vásquez y otras contra el recurrente, calificando la responsabilidad civil en la suma de Bs 28.647.- (veintiocho mil seiscientos cuarenta y siete 00/11100 bolivianos), monto a ser cubierto en veinte cuotas mensuales.

CONSIDERANDO: que contra la resolución de segunda instancia y dentro el plazo previsto por la norma del artículo 331 del Código de Procedimiento Penal, el recurrente interpone recurso de casación con los fundamentos expuestos en memorial de fojas 689 acusando indigencia y que, por su condición de estudiante, hace imposible cubrir el monto calificado, sin precisar la conculcación de ninguna norma legal.

Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 331 del Código de Procedimiento Penal, el "Auto de Vista" que se pronuncia en la calificación de responsabilidad civil es recurrible de nulidad o casación ante la Corte Suprema de Justicia, debiendo ser conocido y resuelto por la Sala Penal de acuerdo a las normas procesales y alternativas establecidas para causas civiles.

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Datos del proceso

Demandante
Lilian Jovita Montaño y otras
Demandado
Iván Felipe Rodríguez.
Magistrado relator
Rosario Canedo Justiniano
Tribunal Supremo de Justicia1 de febrero de 2005AS/0024/2005Fuente oficial