Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA
Auto Supremo N° : 024/2014
Fecha : Sucre, 14 de marzo de 2014
Distrito : Potosí
Expediente N° : 279/2009
Partes : Elizabeth Uriza Alvarado c/ Federación de Cooperativas Mineras y Dirección del Canal 36 TV
Proceso : Beneficios Sociales
Recurso : Casación
VISTOS: Los Recursos de Casación en la forma y en el fondo de fs. 172 a 176, interpuesto por Corsino Villanueva Vargas en representación de la Federación de Cooperativas Mineras de Potosí FEDECOMIN y Canal 36 FEDECOMIN TV, en virtud del Testimonio de Poder Nº 885/06 otorgado por ante la Notaría de Fe Pública Nº 5 del Distrito Judicial de Potosí, de fs. 14 a 16 y vta. y 178 a 180 interpuesto por Elizabeth Uriza Alvarado contra el Auto de Vista Nº 040/2009 de 2 de abril de 2009, de fs. 167 a 169, emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del proceso social por pago de Beneficios Sociales seguido por Elizabeth Uriza Alvarado contra la Federación de Cooperativas Mineras de Potosí FEDECOMIN y Canal 36 FEDECOMIN TV, el Auto de fs. 186 que concede los Recursos, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de La Corte Superior de Potosí, emitió la Sentencia Nº 13/2009 de 7 de febrero de 2009, fs. 128 a 134 y vta., declarando PROBADA EN PARTE la demanda, por lo que dispone que la entidad demandada, representada legalmente por Benedicto Llano Colque y René Bonifaz Acebey, cancele a favor de la actora, conforme a la siguiente liquidación:
Fecha de ingreso: 1 de diciembre de 2007
Fecha de despido: 27 de octubre de 2008
Tiempo de servicios: 10 meses y 27 días.
Motivo del despido: forzoso
Salario promedio: Bs.800. —
Beneficios Sociales:
Desahucio Bs. 2.400. —
Indemnización 10 meses Bs. 666,66
27 días Bs. 59,99
Aguinaldo de Navidad gestión 2008: 9 meses Bs. 599,99
27 días Bs. 59,99
Bs. 3.786,63 Subtotal a)
Sueldos Devengados: Septiembre Bs. 800,00
27 días de octubre Bs. 719,99
Bs. 1.519,99 Subtotal b)
Trabajo en horas extras: 496 horas
496xBs.3,33=Bs.1.553,33 y recargo del 100%Bs. 4.616,44 Subtotal c)
Trabajos en días sábados: 172 hras.x Bs.3,33 Bs. 572,76 Subtotal d)
Suma parcial (a+b+c+d) Bs.10.495,82
Multa del 30% Bs. 3.148,74 Subtotal e)
Suma Total (a+b+c+d+e) Bs.13.644,56
Deducción Pago del aguinaldo de fs. 23 Bs. 658,00 Subtotal f)
Resultando: Bs.12.986,56
Disponiendo el pago total de Bs. 12.986,56 dentro de tercero día de ejecutoriada la Sentencia, debiendo aplicarse el mantenimiento de valor, que debe ser calculado y actualizado en base a la Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV’s), conforme dispone el art. 9 Parág. I del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, Asimismo, declara IMPROBADA la demanda respecto al pago de trabajo en días domingos y feriados y condena en costas a FEDECOMIN y Canal 36 FEDECOMIN TV.
En grado de apelación, interpuesto por las partes demandada y demandante, por Auto de Vista Nº 040/2009 de 2 de abril de 2009 de fs. 167 a 169, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, CONFIRMÓ PARCIALMENTE la Sentencia de fs. 128 a 134, modificando la percepción de los Beneficios Sociales en base al detalle establecido en la Sentencia:
DESAHUCIO Bs.2.400.—
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