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TSJ

AS/0028/2015

Tribunal Supremo de Justicia
14 de enero de 2015CivilMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Nulidad de proceso de Usucapión por Fraude Procesal.
Sala
Civil
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 28/2015

Sucre: 14 de enero 2015

Expediente: P -11 – 14 - S

Partes: Jacinto Apaza Zambrana por los vecinos de Perla del Acre. c/ Miriam

Crespo de Choma.

Proceso: Nulidad de proceso de Usucapión por Fraude Procesal.

Distrito: Pando.

VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 2035 a 2039 vta. de obrados, interpuesto por Mirian Crespo De Choma contra el Auto de Vista de fecha 12 de septiembre de 2.014, cursante de fs. 2003 a 2005, pronunciada por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, en el proceso de Nulidad de proceso de Usucapión por Fraude Procesal seguido por Jacinto Apaza Zambrana en representación de los vecinos de Perla del Acre contra Miriam Crespo de Choma, el Auto de concesión de fs. 2044, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Que, el Juez de Partido Primero en lo Civil y Comercial, el 27 de marzo 2014, pronunció Sentencia, cursante de fojas 1767 a 1773 vta., de obrados, por la cual declaró Improbada la demanda de fraude procesal, Probada la excepción de falta de legitimidad activa de los demandados representados por Jacinto Apaza Zambrana e Improbada la excepción de falta de legitimación activa y de cosa juzgada del litisconsorte activo Gobierno Autónomo Municipal de Cobija.

Contra dicha Sentencia de primera instancia, la parte demandante presentó recurso de apelación, al igual que el Gobierno Municipal de Pando, también la parte demandada Mirian Crespo de Choma, recursos de apelación que fueron concedidos al Tribunal Ad quem quien en fecha 12 de septiembre de 2014 pronunció Auto de Vista, donde revocó la Srentencia apelada, en consecuencia se declaró probada la demanda de fraude procesal e improbadas las excepciones de falta de legitimación activa, falta de acción y derecho, de cosa juzgada interpuesta por Mirian Crespo de Choma.

Resolución que fue recurrida en casación por parte de Mirian Crespo de Choma recurso que se analiza.

CONSIDERANDO II:

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

En la forma:

Acusa la infracción de lo normado en el art. 254 num. 2) del CPC. Al no resolverse una acción de amparo constitucional interpuesto por la recurrente por el rechazo inlimine a su recusación.

Por otro lado acusa la violación del art. 254 num. 4) del Adjetivo Civil al no pronunciarse el Auto de Vista sobre su apelación interpuesta, vulnerando el debido proceso así también como el derecho a ser escuchado y recibir una respuesta pronta y oportuna.

En el fondo:

Acusa la violación al debido proceso por errónea interpretación y aplicación del art. 138 del Código Civil, también hace alusión sobre el doble efecto de la usucapión, indicando que en la demanda de usucapión se demandó al propietario de dichos terrenos.

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Datos del proceso

Demandante
Jacinto Apaza Zambrana por los vecinos de Perla del Acre.
Demandado
Miriam
Proceso
Nulidad de proceso de Usucapión por Fraude Procesal.
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani
Tribunal Supremo de Justicia14 de enero de 2015AS/0028/2015Fuente oficial