Texto del fallo
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 29 Sucre, 12 de marzo de 2010
Distrito: Santa Cruz
Partes: Gentile Juan Carlos y otros c/Mendoza Rojas Jusseff Esther
Expediente: SC-126-08- S
&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&
VISTOS: El memorial de fojas 547 vuelta., mediante el cual María Esther Paniagua Flores en representación de Juan Carlos Gentile, Sergio Ariel Casarico y Paul Oswald Morani, desiste del recurso de casación que formuló contra el Auto de Vista número 289/2008, de 03 de junio de 2008, cursante a fojas 528 vuelta, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso ordinario sobre cumplimiento de contrato y pago de daños y perjuicios, seguido por la recurrente en representación de los demandantes, en contra de Josseff Gerardo Mendoza Rojas, sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que, estando radicado la causa en este despacho para la resolución del recurso de casación, mediante memorial de fojas 547 vuelta, la recurrente María Esther Paniagua Flores en representación de los demandantes, formuló desistimiento del recurso de casación de fojas 531 a 534. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, tanto el recurso de apelación, como el de casación pueden ser desistidos por la parte que lo interpuso, lo que importa el consentimiento expreso y la ejecutoria de la sentencia o del auto de vista, según sea el caso.
Mostrando 8 de 16 parrafos.