Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo Nº 031 Sucre, 28 de enero de 2011
Expediente: Cochabamba 93/2005.
Partes: Prefectura Cochabamba c/ José Renán Crespo Suárez, Rene Sinforiano Cayo Quiroga y otros.
Delito: Incumplimiento de deberes, nombramientos ilegales, contratos lesivos al Estado y estelionato.
Ministro relator: Ramiro José Guerrero Peñaranda.
VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 24 de mayo de 2005 por Arturo Arnéz Osinaga en representación del Prefecto del Departamento de Cochabamba (fojas 1610 a 1612), impugnando el Auto de Vista emitido el 20 de abril del mismo año por la Sala Penal Tercera del Distrito Judicial de Cochabamba (fojas 1603 a 1605) en el proceso penal seguido por la indicada autoridad regional contra José Renán Crespo Suárez, René Sinforiano Cayo Quiroga, Willy Céspedes Olmos, Julio Terán Torrico, Gonzalo Garay Anaya y Germán Orlando Quiroga Ferrel con imputación por comisión de los delitos de incumplimiento de deberes, nombramientos ilegales, contratos lesivos al Estado y estelionato.
CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se cuenta con los siguientes datos:
1.- Por el análisis efectuado, se tiene que la sentencia pronunciada el 12 de abril de 2004 (fojas 1153 a 1157) que declaró a los procesados autores de los delitos que les fueron atribuidos, condenándolos en consecuencia a diferentes penas, fue apelada por los procesados (fojas 1566 a 1568, 1575, 1580 y 1584). En la tramitación de la apelación, también se solicitó por parte de Germán Orlando Quiroga Ferrel y José Renán Crespo Suárez la extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso, emitiéndose el Auto de Vista extinguiendo la acción lo que dio origen al recurso de casación que es motivo de autos.
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