Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 31/2017
Sucre, 14 de febrero de 2017.
Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.192/2016.
Distrito: Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 79 a 80, interpuesto por Patricia Andía Méndez, en representación legal de la Corporación Educativa Santa Cruz S.A. “Eagles School”, contra el Auto de Vista Nº 206 de 20 de septiembre de 2010, cursante de fs. 65 a 66, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral, seguido por Daniel Alberto Piraine Lloret, contra la institución que representa la recurrente, el auto de fs. 86 que concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 146/2016-A de 13 de junio de fs. 93 y vta., que declaró admisible la casación; los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I:
I. 1.Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de laboral, el Juez Quinto de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 106 de 6 de octubre de 2009, cursante de fs. 51 a 53, declarando probada la demanda, con costas, disponiendo que la parte demandada pague a favor de Daniel Alberto Piraine Lloret, la suma de $us. 15.862.- (quince mil ochocientos sesenta y dos 00/100 dólares americanos), por concepto de desahucio, indemnización, vacación, aguinaldo, horas extras, bono de antigüedad, más la actualización, reajustes y mantenimiento de valor, establecido en el art. 9 del Decreto Supremo (DS) N° 28699 de 1 de mayo de 2006, a calcularse en ejecución de sentencia.
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por la institución demandada de fs. 56 de obrados, la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista N° 206 de 20 de septiembre de 2010, cursante de fs. 65 a 66, revocó parcialmente la Sentencia Nº 106 de 6 de octubre de 2009 cursante de fs. 51 a 53, disponiendo que la institución demandada, pague a favor del actor, la suma de $us. 13.162.- (trece mil ciento sesenta y dos 00/100 dólares americanos), por concepto de desahucio, indemnización, vacación, horas extras y bono de antigüedad.
I.2 Motivos del recurso de casación
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