Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Expediente Nº 106/01
AUTO SUPREMO Nº 036 - Social Sucre, 15 de febrero de 2005.
DISTRITO: La Paz
PARTES: María Teresa Collazos Pacheco c/ Laboratorios Industriales "Guzmán" Ltda.
RELATOR: MINISTRO DR.- Alberto Ruiz Pérez
VISTOS: Los recursos de casación de fs. 183-184 vta. y 186-191, interpuestos, el primero, por Oscar Guzmán Zúñiga, en representación de Laboratorios Industriales "Guzmán" Ltda., y el segundo, por María Teresa Collazos Pacheco, contra el Auto de Vista de fs. 181-181 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por la segunda de los recurrentes contra la citada Empresa; los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO: Que planteada la demanda, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronuncia Sentencia a fs. 168-169, declarando PROBADA la demanda e Improbada la excepción perentoria de prescripción. Apelada esta resolución, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronuncia el Auto de Vista de fs. 181-181 vta., CONFIRMANDO la sentencia, empero modificando el sueldo promedio indemnizable y, por consiguiente, también la liquidación de los beneficios demandados. Contra esta resolución, las partes deducen recurso de casación, esgrimiendo a su turno los siguientes argumentos:
a) El demandado Oscar Guzmán Zúñiga, únicamente expresa, en resumen, que, tanto la sentencia de primera instancia como el auto de vista, han omitido valorar debidamente toda la prueba que fue aportada de su parte, por lo cual interpone el "recurso de nulidad y casación", solicitando que se case el auto de vista recurrido y deliberando en el fondo, se declare improbada la demanda.
b) La demandante María Teresa Collazos Pacheco, acusa que el Tribunal de alzada ha incurrido en error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas y en la aplicación de la ley, al modificar la Sentencia de fs. 168-169, respecto al sueldo promedio indemnizable; acusando específicamente la violación del artículo 3 inciso h) del Código Procesal del Trabajo; pidiendo que se case en parte el auto de vista antes mencionado.
CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes procesales y las pruebas aportadas, se establece lo siguiente:
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