Texto del fallo
SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 36
Sucre: 5 de marzo de 2014
Expediente: LP – 85 – 09 – S
Proceso: Pago por Servicios Prestados y otro
Partes: R.I.B.B. C/ Empresa U.A.B.L.
Distrito: La Paz
Magistrada Relatora: Dra. Ana Adela Quispe Cuba
VISTOS: El Recurso de Casación de fojas 337 y vuelta, interpuesto por José Arroyo Flores Director General Ejecutivo del Registro Internacional Boliviano de Buques (RIBB), contra el Auto de Vista N° 509 de 17 de diciembre de 2008, cursante a fojas 335 y vuelta, pronunciado por la Sala Civil Cuarta de la que fuera Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso ordinario sobre PAGO POR SERVICIOS PRESTADOS Y OTRO, seguido por el recurrente contra la Empresa UABL Internacional S.A., los antecedentes del proceso y el auto de concesión del recurso de fojas 340 vuelta; y,
CONSIDERANDO I:
DE LOS ANTECEDENTES DEL PROCESO: Que durante la tramitación de la causa, el Juez de Partido 3º en lo Civil y Comercial de La Paz, emitió auto interlocutorio en fecha 22 de abril de 2008 cursante a fojas 139 a 141 de obrados, declarando PROBADAS las excepciones previas de incompetencia y de incapacidad o impersonería del demandante, planteadas a fojas 102 a 108 de obrados.
Que, en grado de apelación incoada por el demandante, la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior de Distrito Judicial de La Paz, confirma la Resolución recurrida.
CONSIDERANDO II.-
FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACION: El Director General Ejecutivo del Registro Internacional Boliviano de Buques, José Arraya Flores, interpone recurso de casación o nulidad, con argumentos que se resumen seguidamente:
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