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AS/0042/2021

Tribunal Supremo de Justicia
25 de enero de 2021Civil

Máxima

FRAUDE PROCESAL/ Va en contra de la moralidad y constituye al mismo tiempo un abuso del derecho procesal, sin embargo, esta causa no puede servir como justificativo para…

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Resumen del caso

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de revisión extraordinaria de Sentencia / Acción de declaración de "fraude procesal"

Los recurrentes arguyen que no se habría valorado la totalidad de las pruebas presentadas, ya que con ella se demostraría que el inmueble usucapido en el proceso que pretende rever era de propiedad de Adrián Vilcaez y Lidia López de Vilcaez, así como la mala fe e intensión dolosa de la demandada en …

Proceso
Fraude Procesal.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 42/2021

Fecha: 25 de enero de 2021

Expediente: PT-8-20-S.

Partes: Enrique Vilcaez López y otros c/ Silvia Choque Quintasa Vda. de Lovera y Lidia Velásquez.

Proceso: Fraude Procesal.

Distrito: Potosí.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 538 a 540 interpuesto por Enrique Vilcaez López por sí y en representación de Gabriel e Hilda ambos Vilcaez López contra el Auto de Vista Nº 61/2020 de 30 de septiembre, cursante de fs. 534 a 536 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro el proceso de fraude procesal seguido por las recurrentes contra Silvia Choque Quintasa Vda. de Lovera y Lidia Velásquez; el Auto de concesión de 26 de octubre de 2020 a fs. 548; el Auto Supremo de admisión Nº 575/2020-RA de 18 de noviembre de fs. 553 a 554 vta., todo lo inherente; y;

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Planteada la acción de fraude procesal de fs. 240 a 250, subsanada de fs. 257 a 259, por Enrique Vilcaez López por sí y en representación de Gabriel, Hilda y Elías todos Vilcaez López contra Lidia Velásquez y Silvia Choque Quintasa Vda. de Lovera, de las cuales, la primera fue citada por edictos de fs. 322 a 323, cuyo defensor de oficio contestó negativamente a fs. 343 vta., y la segunda codemandada, una vez citada, opuso excepciones y contestó negativamente de fs. 277 a 284 vta.

Tramitado el proceso el Juez Público en lo Civil y Comercial N° 1 de Uyuni del Departamento de Potosí, dictó la Sentencia Nº 27/2018 de 18 de junio, cursante de fs. 411 a 417, por la que declaró IMPROBADA la demanda de fraude procesal, con costas.

2. Resolución de primera instancia que fue apelada por los actores, mediante memorial de fs. 423 a 428, mereciendo el pronunciamiento del Auto de Vista Nº 61/2020 de 30 de septiembre, cursante de fs. 534 a 536 vta., que CONFIRMÓ la Sentencia. Con costas y costos, argumentando lo siguiente:

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Datos del proceso

Demandante
Enrique Vilcaez López y otros
Demandado
Silvia Choque Quintasa Vda. de Lovera y Lidia Velásquez.
Proceso
Fraude Procesal.
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia25 de enero de 2021AS/0042/2021Fuente oficial