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TSJ

AS/0044/2023

Tribunal Supremo de Justicia
17 de abril de 2023PlenaMag. José Antonio Revilla Martinez
Proceso
Detención Preventiva con fines de Extradición
Sala
Plena
Año
2023

Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 44/2023

FECHA: Sucre, 17 de abril de 2023

EXPEDIENTE Nº: 27/2022.

PROCESO: Detención Preventiva con fines de Extradición.

PARTES: Consulado General de la República de Chile contra Guillermo Mario Chinchón Pérez y Giorgina Ivana Nicole Ojeda Saldias.

MAGISTRADO TRAMITADOR: Lic. José Antonio Revilla Martínez.

_________________________________________________________________________

VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de Detención Preventiva con fines de Extradición, de fs. 1 y 101, formulada por el Consulado de la República de Chile en La Paz-Bolivia, mediante Notas N° 132/22 de 1 de agosto de 2022 y N° 147/2022 de 22 de agosto; el Auto Supremo N° 188/2022 de 29 de noviembre de fs. 83 a 85, que ordenó la detención preventiva con fines de extradición; la Nota GM-DGAJ- UAJI-Cs-2832/2022 de 28 de septiembre; la documentación adjunta, la normativa aplicable; todo cuanto convino ver; y

CONSIDERANDO I: Que, por Auto Supremo N° 188/2022 de 29 de noviembre de fs. 83 a 85, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, dispuso la detención preventiva con fines de extradición de los ciudadanos chilenos, Guillermo Mario Chinchón Pérez con cédula de identidad chilena N° 13.457.928-5 y Giorgina Ivana Nicole Ojeda Saldias, con cédula de identidad chilena N° 21.079.319-4; Para el efecto, ofició al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, para que comisione a un Juez de Instrucción de Turno en lo Penal de la ciudad de Cochabamba, a objeto que asuma conocimiento del Auto Supremo de fs. 83 a 85 y expida mandamiento de detención, para ser ejecutado en el ámbito nacional.

CONSIDERANDO II.- En antecedentes cursa la Nota GMDGAJ-UAJI-Cs- 3067/2021 de 28 de septiembre, presentada ante el Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia el 28 de septiembre del 2022 de fs. 92, del Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, remitiendo la Nota N° 153 de 16 de septiembre de 2022 y antecedentes de fs. 93 a 97, con cargo de recepción de 16/09/2022, el Consulado de la República de Chile ante el Estado Plurinacional de Bolivia, remite el oficio N° 1004-2022 de la Ilustrísima Corte de Corte de Apelaciones de San Miguel, en el que se solicitó tener por desistida la solicitud de extradición activa, contra los imputados Guillermo Mario Chinchón Pérez y Georgina Ivana Nicole Ojeda Saldías; por lo que se evidencia que se encuentra retirada la solicitud de extradición efectuada por el Consulado de la República de Chile ante el Estado Plurinacional de Bolivia, realizada en el marco del "Acuerdo sobre Extradición entre los Estados partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile" firmado en Río de Janeiro, a los diez días del mes de diciembre de 1998.

CONSIDERANDO III: Que, por las circunstancias anotadas precedentemente, corresponde dejar sin efecto la detención preventiva con fines de extradición, dispuesta en contra de los ciudadanos de nacionalidad Chilena, Guillermo Mario Chinchón Pérez y Georgina Ivana Nicole Ojeda Saldias, al no tenerse una solicitud vigente, enmarcada en el art. 18 del Acuerdo sobre Extradición entre los Estados partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 184 núm. 3) de la Constitución Política del Estado, concordante con el art. 38 núm. 2) de la Ley 025 del Órgano Judicial, así como el art. 50 núm. 3) de la Ley N° 1970, DISPONE DEJAR SIN EFECTO la detención preventiva con fines de extradición de los ciudadanos chilenos, Guillermo Mario Chinchón Pérez con cédula de identidad chilena N° 13.457.928-5, mayor de edad, nacido el 28 de septiembre de 1975 y Giorgina Ivana Nicole Ojeda Saldias, con cédula de identidad chilena N° 21.079.3194, mayor de edad, nacida el 24 de julio de 2002, dispuesta por Auto Supremo N° 188/2022 de 29 de noviembre de fs. 83 a 85; así como dejar sin efecto la providencia de 12 enero de 2023 de fs. 98.

Para el efecto, ofíciese al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, para que ponga en conocimiento del Juez de Instrucción en lo Penal de la ciudad de Cochabamba comisionado, a objeto que asuma conocimiento del presente Auto Supremo y deje sin efecto el mandamiento de detención con fines de extradición para los ciudadanos de nacionalidad chilena Guillermo Mario Chinchón Pérez y Georgina Ivana Nicole Ojeda Saldías.

Comuníquese la presente Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores para que, por su intermedio y conforme al desistimiento efectuado, se haga conocer al Consulado General de la República de Chile acreditado en Bolivia, la presente determinación.

Respecto de la Nota CITE REJAP-NAL-CM-N° 11/2023 de 20 de enero; SE TIENE PRESENTE y arrímese a sus antecedentes.

No interviene el Magistrado Edwin Aguayo Arando, al haber sido de voto disidente con el Auto Supremo N° 188/2022, por el que se determinó la detención preventiva de los requeridos.

Regístrese, notifíquese y cúmplase.

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Datos del proceso

Demandante
Consulado General de la República de Chile
Demandado
Guillermo Mario Chinchón Pérez y Giorgina IvanaNicole Ojeda Saldias
Proceso
Detención Preventiva con fines de Extradición
Magistrado relator
José Antonio Revilla Martinez
Tribunal Supremo de Justicia17 de abril de 2023AS/0044/2023Fuente oficial