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TSJ

AS/0045/2011

Tribunal Supremo de Justicia
10 de febrero de 2011Penal IIMag. José Luis Baptista Morales
Proceso
Tráfico de sustancias controladas.
Sala
Penal II
Año
2011

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

Auto Supremo Nº 045 Sucre, 10 de febrero de 2011

Expediente: Cochabamba 7/2005.

Partes: Ministerio Público c/ Teodoro Bustamante Alcoba y otros.

Delito: Tráfico de sustancias controladas.

Ministro relator: José Luís Baptista Morales.

VISTOS: el recurso de casación interpuesto el 20 de octubre de 2004 por Teodoro Bustamante Alcoba (fojas 394 a 395), impugnando el Auto de Vista emitido el 15 de octubre de 2003 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba (fojas 391 a 392) en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y contra Rodolfo Díaz Soria y Albina Rivero de Suárez con imputación por comisión de delitos tipificados por la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas.

CONSIDERANDO: que para los fines de emisión de la resolución que al respecto corresponda, se cuenta con los siguientes datos:

1.- Tramitada la indicada causa con sujeción a las reglas del sistema procesal penal anterior al actual, los Jueces de Partido Primero de Sustancias Controladas que tuvieron a su cargo el mencionado caso dictaron sentencia el 3 de enero de 2003 (fojas 362 a 364) que, declarando a Rodolfo Díaz Soria y a Teodoro Bustamante Alcoba autores del delito de tráfico ilícito de sustancias controladas, condenó a cada uno de ellos a la pena de diez años de presidio; y, declarando que Albina Rivero de Suárez actuó en calidad de cómplice para la comisión de ese delito, la condenó a la pena de seis años y ocho meses de presidio.

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Criterio

Por el análisis efectuado, se pudo apreciar que la actuación del impetrante que motivó su procesamiento corresponde propiamente a fabricación y no a comercialización de droga, sin embargo de lo cual, aunque evidentemente ambos hechos constituyen comportamientos distintos, no es pertinente modificar esa calificación ni variar la fijación de pena, pues los Jueces aplican al respecto la descripción contenida en el inciso m) del artículo 33 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, que califica al acto de fabricación de estupefacientes como tráfico ilícito.

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Teodoro Bustamante Alcoba y otros.
Proceso
Tráfico de sustancias controladas.
Magistrado relator
José Luis Baptista Morales

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Procedimiento de 1972 / Recurso de casación / Infundado
Tribunal Supremo de Justicia10 de febrero de 2011AS/0045/2011Fuente oficial