Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 46
Sucre, 19/03/2012
Expediente: 40/2012-S
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación y nulidad de fs. 75-76 interpuesto por la Empresa PLASFOR representada por el Ing. Jorge Isidro Foronda Torrico, contra el Auto de Vista Nº 208/2011 de 15 de octubre de 2011 (fs. 72-73), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso social seguido por Efraín Tomás Acho contra la Empresa PLASFOR, la respuesta de fs. 80, el Auto que concede el recurso de fs. 83, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió la Sentencia de 2 de febrero de 2009 (fs. 57-59), declarando probada la demanda de fs. 4-5 vta. con las modificaciones establecidas en los puntos precedentes y con costas a la empresa demandada por rebeldía de acuerdo a lo previsto por el parágrafo II del artículo 198 del Código de Procedimiento Civil, permisible en materia laboral por mandato expreso del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo, disponiendo que la empresa PLASFOR pague al demandante la suma de Bs. 24.473,20 por concepto de indemnización, desahucio, saldo del salario devengado de enero y febrero de 2008 e indemnización por accidente de trabajo más la actualización y multa prevista por el Decreto Supremo Nº 28699 de 1º de mayo de 2006 por el retraso en el pago de sus beneficios sociales.
En grado de apelación deducida por el demandado, (fs. 62-63), por Auto de Vista Nº 208/2011 de 15 de octubre de 2011 de fs. 72-73, complementado mediante Auto de fs. 78 vta., la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, confirmó en parte la Sentencia apelada de 2 de febrero de 2009, disponiendo excluir el desahucio de la liquidación efectuada en la parte resolutiva de la Sentencia, disponiendo se pague a favor del actor la suma de Bs. 20.473,21. Sin costas.
Este fallo motivó el recurso de casación y nulidad de fs. 75-76, interpuesto por el representante de la Empresa PLASFOR, expresando la vulneración se sus derechos al confirmar en parte la Sentencia y lesionando sus legítimos intereses.
Asimismo, señaló que el Tribunal de Alzada no ha tomado en cuenta el Acta de Conciliación suscrita con el demandante, donde se estableció la forma y el monto que se debía por derechos y beneficios sociales.
Señaló también la vulneración del artículo 127 inciso b) del Código Procesal del Trabajo, e indicó que no se hizo referencia a la inversión de la prueba, atentando al principio de primacía de la realidad y lealtad procesal, indicando que el Tribunal a quo otorgó al demandante derechos sociales inexistentes, basado en hechos y consideraciones incorrectas.
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