Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 48
Sucre, 27 de febrero de 2018
Expediente : 083/2017
Demandante : Nieves Rosa Ávila Villalba
Demandado : Servicio Nacional del sistema de Reparto
“SENASIR”
Proceso : Reclamación de Compensación de Cotizaciones)
Distrito : La Paz
Magistrado Relator : María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: El Auto de Vista 146/2016 SSA.I de 29 de agosto, cursante de fs. 136 a 137, pronunciado por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz dentro el proceso Social de Reclamación de Compensación de Cotizaciones, el memorial que contesta traslado de fs. 148 a 149, el Auto que concede el recurso de fs. 150, el Auto Supremo de admisión 83-A de 13 de marzo de 2017, antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES PROCESALES.
Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto.
Iniciado el trámite de Compensación de Cotizaciones (CC) por Nieves Rosa Ávila Villalba por aportes al Colegio Evangélico Metodista – Instituto Americano del periodo enero/1975 a febrero/1977 y a la empresa Fototécnica Ltda. del periodo septiembre/1977 a septiembre/1980, por Auto 2631 de 10 de junio de 2015 (fs. 86 de obrados), se desestima la solicitud de la asegurada porque no figura en planillas, en consecuencia no corresponde certificar aportes.
Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR.
La asegurada presenta recurso de reclamación contra el Auto de desestimación de Compensación de Cotizaciones, resuelto por la Comisión de Reclamación del SENASIR mediante Resolución 745/15 de 14 de octubre, confirmando el Auto reclamado (fs. 102 a 106 de obrados).
Auto de Vista.
En apelación interpuesta por la asegurada, la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Auto de Vista 146/2016 SSA.I de 29 de agosto, cursante de fs. 136 a 137, revoca la resolución emitida por la Comisión de Reclamación, dejando sin efecto el Auto reclamado y disponiendo que el SENASIR otorgue la Certificación de Compensación de Cotizaciones a la asegurada.
II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.
Contra el Auto de Vista, la entidad gestora formula recurso de casación, cuyo escrito cursa de fs. 141 a 145, con los argumentos siguientes:
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