Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 49
Sucre, 26 de enero de 2.007
DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social.
PARTES: Nicolás Fuertes Cuiza c/ Franz Quiroz Coronel
MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.
+++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++++
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 93, interpuesto por Franz Quiroz Coronel, contra el auto de vista Nº 140/2006 de 28 de abril de 2006 (fs. 90), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro el proceso social que sigue Nicolás Fuertes Cuiza contra el recurrente, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Cochabamba, emitió la sentencia de 5 de enero de 2004 (fs. 73-75), declarando probada en parte la demanda de fs. 3-4 e improbada la excepción perentoria de pago de fs. 7, ordenándose a Franz Quiroz Coronel pague a favor del actor la suma de Bs. 7.652,50.-, por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldos y vacaciones.
En grado de apelación deducida por la parte demandada, por auto de vista Nº 140/2006 de 28 de abril de 2006 (fs. 90), fue confirmada la sentencia apelada, con costas en ambas instancias.
Que, contra el auto de vista, el demandado, interpone recurso de casación en el fondo, expresando que el auto de vista dictado por el tribunal ad quem, es lesivo a sus intereses al no haberse valorado la prueba aportada con sana crítica, solicitando se case el auto de vista recurrido y en el fondo se declare improbada la demanda.
CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, debiendo contener los requisitos enumerados en el art. 258 del Cód. Pdto. Civ.; debe fundamentarse por separado de manera precisa y concreta las causas que motivan la casación, ya sea en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.
Mostrando 11 de 22 parrafos.