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TSJ

AS/0050/2012

Tribunal Supremo de Justicia
30 de marzo de 2012Penal IIMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Allanamiento de domicilio o sus Dependencias y Daño
Sala
Penal II
Año
2012

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO Nº 050/2012-RA

Sucre, 30 de marzo de 2012

Expediente : La Paz 21/2012

Parte acusadora : Ministerio Público, Diana Emerita Tórrez de Jiménez

Parte imputada : Josefina Condori de Chávez

Delitos : Allanamiento de domicilio o sus Dependencias y Daño

Calificado

RESULTANDO

El recurso de casación interpuesto por Josefina Condori de Chávez, cursante de fs. 304 a 306 vta., mediante el cual impugna el Auto de Vista 76/2011 de 14 de diciembre, que cursa de fs. 291 y vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Dina Emerita Tórrez contra la recurrente, por la comisión de los delitos de Allanamiento de Domicilio o sus Dependencias y Daño Calificado, previstos y sancionados por los arts. 298 y 358 del Código Penal (CP).

I. ANCECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:

1.- Ante la querella presentada por Dina Emerita Tórrez de Jiménez, Fiscal de Materia, presentó acusación contra Josefina Condori de Chávez, por la comisión de los delitos de Allanamiento de Domicilio y Daño Calificado; a consecuencia de la acusación, se celebró el juicio oral ante el Tribunal Cuarto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, instancia que dictó Sentencia condenatoria contra la imputada, declarándo autora del delito de Daño Calificado, previsto y sancionado por el art. 358 2 y 3 del CP, imponiéndola la pena de tres años y seis meses de reclusión, y se la absolvió del delito de Allanamiento de Domicilio o sus Dependencias.

2.- Contra la citada Sentencia la imputada Josefina Condori de Chávez, por memorial cursante de fs. 205 a 214, interpuso recurso de apelación restringida que mediante el Auto de Vista 76/2011, fue declarado INADMISIBLE por incumplimiento de los requisitos previstos por los arts. 396 inc. 3), 407 y 408 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

II.-DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del examen del recurso de casación, se extrae como motivos del recurso, los siguientes:

a) La recurrente, en lo pertinente del recurso de casación manifiesta que fue condenada por un hecho que jamás cometió y menos se demostró que hubiera incurrido en el delito de Daño Calificado previsto y sancionado por el art. 358. 2 y 3 del CP, porque no se demostró la presencia de una banda o cuadrilla ni que el supuesto daño hubiera recaído sobre cosa de valor artístico, arqueológico, científico, histórico, religioso, militar o económico; por ello considera que se aplicó erróneamente esta disposición legal, porque el delito es de carácter público donde el bien jurídico protegido es el patrimonio del Estado.

b) Señala que, en la Sentencia se cometió una "aberración jurídica" al forzar una

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público, Diana Emerita Tórrez de Jiménez
Demandado
Josefina Condori de Chávez
Proceso
Allanamiento de domicilio o sus Dependencias y Daño
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación / Etapa de admisión / Admisibilidad
Tribunal Supremo de Justicia30 de marzo de 2012AS/0050/2012Fuente oficial