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TSJReiteradora

AS/0052/2022

Tribunal Supremo de Justicia
31 de enero de 2022CivilMag. Juan Carlos Berrios Albizu

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Elementos comunes de procedimiento / Judicatura civil / Incompetencia / Por pretensión en materia agraria

Los recurrentes alegan la violación al art. 264. I del Código Procesal Civil, puesto que se excedió la lectura del Auto de Vista más de tres días, ya que el 13 de septiembre tenía que darse lectura del Auto recurrido; sin embargo, el Tribunal Ad quem señaló lectura para el 15 de septiembre, omisión ...

Proceso
Nulidad de contrato, enriquecimiento ilegítimo más daños y perjuicios
Sala
Civil
Año
2022

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 52/2022

Fecha: 31 de enero de 2021

Expediente: B-12-21-S

Partes: Saúl Datzer Rodríguez por sí y en representación de Saúl Datzer Arauz y

Martha Rodríguez Asin de Datzer c/ Enzo Antonio Sirio Simoni Cuellar.

Proceso: Nulidad de contrato, enriquecimiento ilegítimo más daños y perjuicios.

Distrito: Beni

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 496 a 501 vta., interpuesto por Saúl Datzer Arauz, Martha Rodríguez Asin de Datzer y Saúl Datzer Rodríguez representados por William Eddy Huayhuasi Catari contra el Auto de Vista Nº 160/2021 de 09 de septiembre de fs. 470 a 472, pronunciado por la Sala Civil, Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, dentro del proceso ordinario de nulidad de contrato, enriquecimiento ilegítimo más daños y perjuicios seguido por los recurrentes contra Enzo Antonio Sirio Simoni Cuellar, la contestación que sale de fs. 523 a fs. 527 vta., el Auto de concesión de 15 de noviembre de 2021 cursante a fs. 528, el Auto Supremo de Admisión Nº 02/2022-RA de 03 de enero de 2022 de fs. 534 a 535 vta., todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I

ANTECEDENTES DEL PROCESO

1. Saul Datzer Rodríguez por sí y en representación de Saul Datzer Arauz y Martha Rodríguez Asin de Datzer, por memorial de fs. 20 a 23, subsanado a fs. 28 y vta., modificado de fs. 32 a 34 vta., iniciaron proceso ordinario de nulidad de contrato, enriquecimiento ilegítimo más daños y perjuicios que fue interpuesto contra Enzo Antonio Sirio Simoni Cuellar, a lo cual la parte demandada una vez citada, contestó negativamente a la demanda y opuso excepción previa de incompetencia, mediante su apoderada Yris Cecilia Roca Padilla tal cual cursa de fs. 59 a 61.

2. Bajo esos antecedentes, y tramitada que fue la causa, en audiencia preliminar el Juez Público Civil y Comercial 6º en suplencia legal del Juzgado Público Civil y Comercial 3º de la ciudad de Trinidad emitió la Sentencia N° 17/2021 de 15 de marzo, cursante de fs. 289 vta., a 294 vta., de obrados declarando PROBADA la demanda.

3. Sentencia que dio lugar a que la parte demandada Enzo Antonio Sirio Simoni Cuellar recurra en apelación, mediante memorial presentado por su representante Luis Moacir Gandra Venegas cursante de fs. 419 a 427 vta., a lo cual respondía la parte demandante de fs. 432 a 435.

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Datos del proceso

Demandante
Saúl Datzer Rodríguez por sí y en representación de Saúl Datzer Arauz y Martha Rodríguez Asin de Datzer
Demandado
Enzo Antonio Sirio Simoni Cuellar
Proceso
Nulidad de contrato, enriquecimiento ilegítimo más daños y perjuicios
Magistrado relator
Juan Carlos Berrios Albizu

Precedente

Auto Supremo 780/2021 de 06 de septiembre, Auto Supremo No. 378/2013 de fecha 22 de julio.

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