Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo No 53 CA
Sucre, 12 de noviembre de 2024
Expediente : 191/2024-CA
Demandante: Empresa Unipersonal Servicios Expreso de
Courier José María
Demandado: Aduana Nacional de Bolivia
Proceso: Contencioso Administrativo
Resolución Impugnada: RA-PE-03-226-23
Magistrada Tramitadora: Dra. Nuria Gisela Gonzáles Romero
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por la Empresa Unipersonal Servicios Expreso de Courier José María, representado por Carolina Adelaida Candia Romero de fs. 85 a 89 vta., contra la Aduana Nacional de Bolivia, los antecedentes del proceso y todo cuanto ver convino:
ANTECEDENTES PROCESALES:
Efectuada la revisión del cuaderno procesal, se advierte que la demanda fue presentada el 8 de marzo de 2024, ante la Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de 11 de marzo de 2024 de fs. 91 a 93, declinó competencia, habiendo remitido el proceso ante este Tribunal, conforme consta la nota de fs. 96.
Por providencia de 14 de junio de 2024 emitida por este tribunal, se observó la demanda y se otorgó un plazo de quince días para subsanar las observaciones realizadas, notificada el 15 de julio de 2024, conforme consta fs. 99, sin que hasta la fecha diera cumplimiento a lo dispuesto, correspondiendo aplicar la sanción prevista en el art. 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, declara como NO PRESENTADA LA DEMANDA interpuesta por la Empresa Unipersonal Servicio Expreso de Courier José María, representado por Carolina Adelaida Candia Romero contra la Aduana Nacional de Bolivia; en consecuencia, se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original acompañada, y quedar en su lugar copias legalizadas.
Regístrese, notifíquese y archívese.