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TSJ

AS/0054/2012

Tribunal Supremo de Justicia
4 de abril de 2012Penal IIMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Asesinato y Robo Agravado
Sala
Penal II
Año
2012

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

Auto Supremo Nº 054/2012-RA Sucre, 4 de abril de 2012

Expediente: Oruro 03/2012

Partes: Ministerio Público y Maritza Lourdes Montaño Villarroel Vda. de Magne c/ Edwin Lima Colque y Ricardo Lima Colque

Delito: Asesinato y Robo Agravado

Magistrada Relatora: Dra. Maritza Suntura Juaniquina

RESULTANDO

Por memorial presentado el 2 de marzo de 2012, de fs. 155 a 159 vta. Ricardo Lima Colque, interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista 04/2012 de 3 de febrero (fs. 140 a 145 vta.), pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia del Distrito Judicial de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Maritza Lourdes Montaño Villarroel Vda. de Magne en su contra, por la presunta comisión de los delitos de Asesinato y Robo Agravado previstos en los arts. 252 numerales 2, 3 y 6 y 332.2 y 3 del Código Penal (CP).

I. DEL RECURSO DE CASACION

I.1. Antecedentes

I.1.1 De los antecedentes del proceso se establece que, el 25 de mayo de 2010, a tempranas horas de la mañana, Andrés Magne Enriquez, inició su labor de chofer de taxi, y aproximadamente a horas 08:00, fue interceptado por los acusados quienes le solicitaron los traslade a la población de Chillijta, y en ese propósito aproximadamente a horas 11:00, resulta ser victimado por ambos acusados quienes proceden a estrangularlo con una cadena y a propinarles golpes contundentes en el cráneo, para luego votarlo del vehículo y atropellarlo en dos ocasiones, para finalmente sacarle ambos globos oculares y cortarle parte de la lengua, y luego se dan a la fuga llevándose el vehículo, a cuya consecuencia, el Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de Oruro, dictó Sentencia condenatoria contra ambos imputados, declarándolos autores de la comisión de los delitos de Asesinato y Robo Agravado, condenándoles a la pena privativa de libertad de treinta años de presidio sin derecho a indulto.

I.1.2 Contra la mencionada Sentencia, Edwin Lima Colque, interpuso el recurso de apelación restringida (fs. 119 a 120 vta.), recurso que fue observado por el Tribunal de apelación, otorgándole el plazo de tres días para subsanar las observaciones, sin que el mismo haya sido subsanado, dando lugar al rechazo in límine mediante Auto de 30 de noviembre de 2011 (fs. 135).

I.1.3 Ricardo Lima Colque, también impugnó la Sentencia de primera instancia, conforme al memorial cursante de fs. 112 a 117, recurso que fue resuelto mediante Auto de Vista 04/2012, que declaró improcedente el recurso de apelación restringida y deliberando en el fondo confirmó la

Sentencia. Contra ese fallo se interpuso el recurso de casación que es motivo de autos.

I.1.1. Motivos del recurso

Del memorial del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, los siguientes:

El recurrente manifiesta que tanto el Tribunal de Sentencia como el Tribunal de apelación, al emitir sus resoluciones se basaron en simples presunciones y evidencias circunstanciales, creando ficciones de culpabilidad, que atentan a su derecho de locomoción y al principio de inocencia, porque se realizó una relación en detalle sólo de la prueba documental de cargo y de manera muy reducida y no en su totalidad de la prueba testifical de descargo, por ello no comprende cómo se llegó a la conclusión sobre su responsabilidad en la muerte de la víctima.

Agrega que, en la Sentencia existe una defectuosa valoración de todos los medios de prueba, tanto de cargo como de descargo, careciendo de fundamentación fáctica, probatoria y jurídica, basándose la Sentencia en una simple versión que supuestamente hubiera vertido su hermano al momento de su aprehensión: Asimismo, señala que una Sentencia condenatoria debe contener una fundamentación coherente en función al hecho acusado, los elementos probatorios que fueron admitidos y producidos durante la audiencia de juicio, no siendo admisible una simulada y contradictoria fundamentación carente de análisis fáctico y jurídico de los elementos de prueba y su vinculación con los elementos constitutivos del tipo penal, pues debe contar con una fundamentación o motivación que desglose detalladamente las circunstancia que hayan sido objeto del juicio y una explicación precisa de las razones que llevaron al juzgador a establecer que la prueba aportada durante el juicio es suficiente para generar convicción sobre la responsabilidad penal, situación que no puede constatarse en la Sentencia, pues la motivación y fundamentación es insuficiente y contradictoria, situación que vulnera la garantía del debido proceso en su componente del derecho a una resolución fundamentada; sobre el particular citó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 131 de 31 de enero de 2007; 515 de 16 de noviembre de 2006; 242 de 6 de julio de 2006; 14 de de 26 de enero de 2006; 82 de 30 de enero de 2006 y 256 del 26 de julio de 2006.

I.1.2. Petitorio

Solicitó, se "case el Auto de Vista 04/2012", y deliberando en el fondo, se le absuelva de culpa y pena de los delitos de Asesinato y Robo Agravado.

I.2. Admisión del recurso

Mediante Auto Supremo 042/2012 de 16 de marzo, este Tribunal declaró ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Ricardo Lima Colque.

II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO

De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente:

II.1. De la Sentencia

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y Maritza Lourdes Montaño Villarroel Vda. de Magne
Demandado
Edwin Lima Colque y Ricardo Lima Colque
Proceso
Asesinato y Robo Agravado
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación / Infundado
Tribunal Supremo de Justicia4 de abril de 2012AS/0054/2012Fuente oficial