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TSJ

AS/0059/2024-RA

Tribunal Supremo de Justicia
7 de febrero de 2024Civil
Proceso
División y partición de bienes gananciales
Sala
Civil
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 059/2024-RA

Fecha: 07 de febrero de 2024

Expediente: CB-9-24-S.

Partes: Martha Beatriz García Salinas c/ Hernán Siles Paniagua.

Proceso: División y partición de bienes gananciales.

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 122 a 123 vta., interpuesto por Hernán Siles Paniagua contra el Auto de Vista N° 211/2023, de 08 de noviembre, que corre de fs. 114 a 119, pronunciado por la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso ordinario de división y partición de bienes gananciales seguido por Martha Beatriz García Salinas contra el recurrente; la contestación de fs. 126 a 129 vta.; el Auto de concesión de 16 de enero de 2024, visible a fs. 131, todo lo inherente al proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

Martha Beatriz García Salinas por memorial que discurre de fs. 25 a 26, subsanado por escrito a fs. 30 y vta., promovió demanda ordinaria de división y partición de bienes gananciales contra Hernán Siles Paniagua, quien una vez citado, contestó a la demanda mediante escrito saliente de fs. 44 a 45; desarrollándose de esta manera la causa hasta la emisión de la Sentencia de 10 de septiembre de 2020, saliente de fs. 83 a 86 vta., en la que la Juez Público 1º de Familia de Quillacollo - Cochabamba, declaró PROBADA en parte la pretensión principal; en consecuencia, declaró la ganancialidad de los inmuebles con las Matriculas Nº: 3091010009620, Nº 3094010010823, Nº 3094010010824, Nº 3094010010825, Nº 3094010010826, Nº 3094010010827 y Nº 3094010010828, asimismo, declara ganancial el capital de $us. 50.000 habida dentro del matrimonio.

No declaró como bienes gananciales: 1. el inmueble de 200,18 m2 registrado bajo fs. 2899, partida Nº 2899, del libro primero de propiedad de la provincia de Quillacollo; 2. Los bienes inmuebles y enseres que refiere el demandado; y 3. Los 42 gr. de oro en joyas, el motorizado marca Toyota, modelo Starlet, color plateado, el vehículo Geo-Traquer, ni la línea telefónica.

Exhortó a las partes poder conciliar y/o llegar a un acuerdo respecto a los bienes declarados gananciales.

2. Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Hernán Siles Paniagua, mediante memorial de fs. 99 a 100, originó que la Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emita el Auto de Vista N° 211/2023, de 08 de noviembre, que corre de fs. 114 a 119, que confirmó la resolución apelada.

3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Hernán Siles Paniagua visible de fs. 122 a 123 vta.; recurso que es objeto de análisis en cuanto su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

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Datos del proceso

Demandante
Martha Beatriz García Salinas
Demandado
Hernán Siles Paniagua
Proceso
División y partición de bienes gananciales
Tribunal Supremo de Justicia7 de febrero de 2024AS/0059/2024-RAFuente oficial