Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 66 Sucre 28 de febrero de 2005
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES : Ministerio Público c/ Ana Lidia Perales Caro.
Tráfico de sustancias controladas.
VISTOS: el recurso de casación de fs. 117-118, interpuesto por Ana Lidia Perales Caro, impugnando el Auto de Vista de 5 de enero de 2005 cursante a fs. 115-116 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido de oficio por el Ministerio Público contra la recurrente, por la comisión del delito de tráfico en grado de tentativa, previsto y sancionado por el Art. 48 de la Ley 1008 con relación al Art. 8 del Código Penal, sus antecedentes y:
CONSIDERANDO: que conforme la jurisprudencia establecida por el Supremo Tribunal, para la admisibilidad del recurso de casación, es imprescindible observar los requisitos estatuidos en los Arts. 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, debiendo la recurrente precisar y puntualizar la situación de hecho similar y el sentido jurídico impugnado.
CONSIDERANDO: que Ana Lidia Perales Caro interpone el recurso de casación impugnando el Auto de Vista cursante a fs. 115-116 que declara improcedente la apelación restringida de fs. 105-107 de obrados, efectuando una relación de los antecedentes que originó el hecho e invoca la errónea aplicación de la ley sustantiva y Ley 1008 sobre la calificación del delito de tentativa de tráfico de sustancias controladas (por el cual ha sido condenada a seis años y seis meses de presidio), señalando también la falta de valoración de los antecedentes y que se no probó la transacción ilícita sobre la sustancia controlada.
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