Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 68/2022-RA
Fecha: 08 de febrero de 2022
Expediente: CH-5-22-S
Partes: Milthon Picha Flores y Julio Cesar Mirabal Zuazo c/ Amilcar Edwin Apaza Rodriguez.
Proceso: Acción negatoria.
Distrito: Chuquisaca.
VISTOS:
El recurso de casación cursante de fs. 122 a 125, interpuesto por Amilcar Edwin Apaza Rodriguez contra el Auto de Vista S.C.C. II Nº 303/2021 de 23 de noviembre, cursante de fs. 118 a 119 y vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario de acción negatoria seguido por Milthon Picha Flores y Julio Cesar Mirabal Zuazo contra el recurrente, el Auto de concesión de 31 de enero de 2021 a fs. 130, todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda de fs. 26 a 28 vta., Milthon Picha Flores y Julio Cesar Mirabal Zuazo iniciaron proceso ordinario de acción negatoria contra Amilcar Edwin Apaza Rodriguez, quien una vez citado, ante su no comparecencia al proceso por Auto de 23 de noviembre de 2020 de fs. 33 vta., fue declarado rebelde visible en fs. 33 vta., mediante memorial cursante de fs. 36 a 37, contestó negativamente e interpuso excepciones de falta de legitimación o interés legítimo que surja de los términos de la demanda; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia N° 75/2021 de 20 de agosto de 2021 de fs. 87 a 89, en la que la Juez Público Civil y Comercial 10° de la ciudad de Sucre, declaró PROBADA la demanda de fs. 87 a 89.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Amilcar Edwin Apaza Rodriguez representado por Miguel Angel Velasquez Urcullo, según escrito de fs. 92 a 94, originó que la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista S.C.C. II Nº 303/2021 de 23 de noviembre, cursante de fs. 118 a 119 vta., CONFIRMANDO la Sentencia apelada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Amilcar Edwin Apaza Rodriguez según memorial cursante de fs. 122 a 125, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
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