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TSJ

AS/0070/2019-RA

Tribunal Supremo de Justicia
14 de febrero de 2019Penal
Proceso
Tráfico de Sustancias Controladas
Sala
Penal
Año
2019

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL

AUTO SUPREMO Nº 070/2019-RA

Sucre, 14 de febrero de 2019

Expediente                : Oruro 46/2018

Parte Acusadora       : Ministerio Público

Parte Imputada        : José Arbey Orozco Zuluaga y otro

Delito    : Tráfico de Sustancias Controladas

RESULTANDO

Por memorial presentado el 20 de noviembre de 2018, cursante de fs. 81 a 83 vta., Juan Carlos Amaya Jaramillo, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 54/2018 de 21 de septiembre, de fs. 70 a 77 pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público contra José Arbey Orozco Zuluaga y el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 36/2017 de 13 de noviembre (fs. 31 a 36 vta.), el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a José Arbey Orozco Zuluaga y Juan Carlos Amaya Jaramillo, autores de la comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008, imponiendoles la pena de 10 años de presidio, más el pago de quinientos días multa a razón de Bs. 3 (tres bolivianos) por día; disponiendo además, la confiscación definitiva del vehículo tipo Vagoneta marca Toyota, color rojo, placa de control 4001-BZP, y un teléfono celular marca Samsung, color negro combinado, línea Tigo.

Contra la referida Sentencia, el imputado Juan Carlos Amaya Jaramillo (fs. 40 a 47) interpuso recurso de apelación restringida, fue resuelto por Auto de Vista 54/2018 de 21 de septiembre, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, que declaró improcedente el recurso planteado; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada.

Por diligencia de 13 de noviembre de 2018 (fs. 79), fue notificado el recurrente con el Auto de Vista recurrido e interpuso recurso de casación el 20 del mismo mes y año, que es objeto del presente análisis de admisibilidad.

II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo:

Reclama el recurrente, que el Auto de Vista recurrido vulneró la garantía del debido proceso, su derecho a la defensa y a una resolución fundamentada; puesto que, convalidó la Sentencia incurriendo en falta de fundamentación respecto a su reclamo concerniente a que la Sentencia contiene una fundamentación insuficiente art. 370 inc. 5) del Código de Procedimiento Penal (CPP), vulneración del derecho a la defensa y la garantía del debido proceso; alegando el Tribunal de alzada que su recurso no tiene sustento legal, que la sentencia no le causó agravio alguno, que el proceso fue desarrollado a través del procedimiento inmediato para delitos flagrantes; no considerando, que el co-imputado José Arbey Orozco Zuluaga, asumió la total responsabilidad del hecho, señalando que su persona no tenía conocimiento de que en el vehículo existieran sustancias controladas, siendo condenado por su sola presencia en el vehículo en el que se encontró sustancias controladas; además, que la Sentencia no describió cuál su accionar vinculada al delito por el que fue condenado, la que no fue contrastada con la declaración del otro co-imputado que señaló que su persona desconocía del ilícito, hechos que no fueron absueltos por el Tribunal de alzada; a cuyo efecto, invoca el Auto Supremo 5 de 26 de enero de 2007.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
José Arbey Orozco Zuluaga y otro
Proceso
Tráfico de Sustancias Controladas
Tribunal Supremo de Justicia14 de febrero de 2019AS/0070/2019-RAFuente oficial