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TSJ

AS/0073/2007

Tribunal Supremo de Justicia
31 de enero de 2007Penal II
Proceso
Sala
Penal II
Año
2007

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO: No. 73 Sucre, 31 de enero de 2007

DISTRITO: La Paz

PARTES: Alejandro Burgos Calderón c/ Luís Enrique Geng Padilla

Estafa

**********************************************************************************

VISTOS: el recurso de casación de fojas 184 a 190 vuelta, interpuesto por Alejandro Burgos Calderón, impugnando el Auto de Vista Nº 69/06 de 20 de septiembre de 2006 de fojas 182 a 183, dictado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal que sigue el recurrente contra Luís Enrique Geng Padilla, por el delito de estafa, sus antecedentes y;

CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir las condiciones formales previstas en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, debiendo el recurrente interponer el recurso de casación dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando los hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado con relación al precedente invocado.

Esta comparación de hechos similares y de normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos debe cumplirse ineludiblemente a tenor del artículo 417 del Código de Procedimiento Penal que de manera imperativa prescribe: "En el recurso se señalará la contradicción en términos precisos".

CONSIDERANDO: que en su memorial de impugnación, el recurrente, luego de hacer una relación de antecedentes del proceso y confrontar sus criterios con los expresados en el fallo recurrido por el Tribunal ad quem, denuncia que el Auto de Vista carece de fundamentación puesto que no explica fundadamente las razones que determinaron la nulidad de la sentencia de mérito, cuando esta hubiera observado la doctrina legal emitida por este Tribunal y contener una correcta motivación del decisorio; invoca en calidad de precedentes contradictorios, los Autos Supremos, de 9 de julio de 2001 dictado por la Sala Penal y el Nº 314 de 25 de agosto de 2006 dictado por la Sala Penal Segunda, pidiendo que este Tribunal, con vista en la contradicción en que incurre el ad quem, anule la resolución impugnada y disponga que la misma Sala dicte una nueva.

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Datos del proceso

Demandante
Alejandro Burgos Calderón
Demandado
Luís Enrique Geng Padilla
Tribunal Supremo de Justicia31 de enero de 2007AS/0073/2007Fuente oficial