Texto del fallo
SALA PENAL SEGUNDA
Auto Supremo Nº 073 Sucre, 31 de marzo de 2010
Expediente: Santa Cruz 113/2007
Partes: Ministerio Público c/ Freddy René Justiniano Barbery y Ricardo Efraín Gandarillas Zenteno.
Delito: Tráfico de sustancias controladas.
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VISTOS: la solicitud de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso presentada el 5 de mayo de 2008 (fojas 149 a 150) por Freddy René Justiniano Barbery, con referencia al proceso seguido por el Ministerio Público contra su persona y contra Ricardo Efraín Gandarillas Zenteno con imputación por comisión del delito de tráfico de sustancias controladas.
CONSIDERANDO: que la mencionada solicitud tuvo origen en los siguientes antecedentes:
1.- La Fuerza Especial de Lucha contra el Narcotráfico supo por denuncia de algún informante que en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra existía un taller en el que fabricaban maletas de cuero con compartimientos especiales o doble fondo, denominadas "macacos", las cuales eran utilizadas para transporte de cocaína. Efectuada sobre esa base una operación de requisa, se incautó una maleta en cuyo fondo disimulado por una cubierta había 14.500 gramos de cocaína.
2.- Al término de la investigación iniciada al respecto, el 19 de diciembre de 2005 (fojas 9 a 12) el Fiscal encargado del caso formuló en sede judicial imputación formal contra Ricardo Efraín Gandarillas Zenteno y contra Freddy René Justiniano Barbery por comisión del delito de tráfico de sustancias controladas tipificado por el artículo 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas.
3.- El Tribunal Segundo de Sentencia de dicha ciudad, al que le correspondió conocer esa causa, pronunció resolución el 8 de diciembre de 2006 (fojas 78 a 84) declarando a Freddy René Justiniano Barbery autor del delito que le fue atribuido, condenándolo por ello a la pena de diez años de presidio, y declarando a Ricardo Efraín Gandarillas Zenteno cómplice para la comisión de ese delito, condenándolo a la pena de siete años de presidio. La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz declaró improcedente el recurso de apelación restringida que contra esa resolución interpuso Ricardo Efraín Gandarillas Zenteno.
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