Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 74/2017-I.
Sucre, 24 de febrero de 2017.
Expediente: SC-CA-SAII-SCZ. 74/2017.
Distrito: Santa Cruz de la Sierra.
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 158 a 161, interpuesto por Wilma Ángela Chura Núñez, propietaria de la Empresa “Farmabol”, impugnando el Auto de Vista Nº 136 de 30 de abril de 2016, cursante de fs. 119 a 120, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social seguido por Virginia Nieve Calderón Zabala, contra la empresa que representa la recurrente, el Auto de fs. 164 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL CASO.
I.1 Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, pronunció la Sentencia N| 288 de 28 de septiembre de 2015, cursante de fs. 130 a 132, declarando probada la demanda, disponiendo que la parte demandada, cancele a favor de la actora, la suma de Bs. 12.121, 10.
I.2 Auto de Vista.
En grado de apelación interpuesta por la parte demandada, cursante de fs. 137 a 139, la Sala Social, Contencioso Tributaria y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista N° 93 de 13 de junio de 2016, cursante de fs. 152 a 153 de obrados, confirmó la Sentencia de 28 de septiembre de 2015, con costas.
I.3 Recurso de casación en el fondo.
El referido auto de vista, motivó el recuro de casación de fs. 158 a 161, interpuesto por Wilma Ángela Chura Núñez, propietaria de la Empresa “Farmabol”, con base a los argumentos expuestos en el mismo.
CONSIDERANDO II: FUNDAMENTOS DEL AUTO SUPREMO.
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