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TSJ

AS/0077/2015

Tribunal Supremo de Justicia
5 de febrero de 2015CivilMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Sala
Civil
Año
2015

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 77/2015

Sucre: 05 de febrero 2015

Partes: Marcial Sangueza Dueñas, Rene Efraín Sangueza Dueñas y German

Sangueza Dueñas c/ Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de

Justicia de La Paz.

Expediente: LP-19-15-COM.

Distrito: La Paz.

VISTOS: El recurso de compulsa de fojas 18 a 19 de obrados, interpuesto por Marcial Sangueza Dueñas, Rene Efraín Sangueza Dueñas y German Sangueza Dueñas, contra el Auto de fecha 2 de enero de 2015, que niega la concesión del recurso de casación, pronunciado por Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de expropiación forzosa de inmueble seguido por el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto contra Adriana Dueñas Arano Vda. de Sangueza, German Sangueza Dueñas, Marcial Sanueza Dueñas y Rene Efraín Sangueza Dueñas, los antecedentes del testimonio y;

CONSIDERANDO I:

De la revisión de los datos que cursan en fotocopias legalizadas se llega a establecer que dentro del caso ut supra, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de La Paz, pronunció Resolución Nº I-300/2014 de 8 de octubre de 2014, cursante de fs. 1 a 3 vlta., del cuadernillo de compulsa, que confirma la Resolución Nº 56/2014 de 5 de marzo de 2014, contra esa resolución la parte recurrente interpone recurso de Aclaración o Enmienda que es resuelto por Auto de fecha 30 de octubre de 2014, cursante a fs. 6 del cuadernillo de compulsa, notificados contra esa resolución interpusieron Recurso de Casación en la forma y en el fondo, recurso de fue denegado por Auto de fecha 2 de enero de 2015 cursante a fs. 14 (del cuadernillo de compulsa), contra este Auto los recurrentes, interponen recurso de compulsa cursante de fs. 18 a 19 el mismo que se analiza:

CONSIDERANDO II:

Conforme con la previsión del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, procede el recurso de compulsa en los siguientes casos:

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Criterio

"... se puede establecer que de acuerdo a los antecedentes del cuadernillo de compulsa el presente proceso, a criterio de los inferiores, se trata de un “proceso voluntario de expropiación forzosa” donde la decisión impugnada refiere a la extensión de una minuta por parte del particular a favor del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, en ese contexto tal determinación no está contenido en el catalogo del Art. 255 del Código de Procedimiento Civil, que permita el conocimiento del Recurso de Casación..."

Datos del proceso

Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Casación / Improcedencia / Infundado / Resoluciones contra las que no procede
Tribunal Supremo de Justicia5 de febrero de 2015AS/0077/2015Fuente oficial