Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA
Auto Supremo N° : 079 /2013
Fecha : Sucre, 5 de diciembre de 2013
Distrito : Oruro
Expediente N° : 515/2011
Partes : Felix Choque Copa c/ Juan Alvarez Herrera
Proceso : Beneficios Sociales
Recurso : Casación
VISTOS: El Recurso de Casación y/o Nulidad de fs. 120 a 121, interpuesto por Juan Alvarez Herrera, del Auto de Vista AV-SSA-105/2011 de 5 de septiembre de 2011, cursante a fs. 114 a 117 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, dentro del proceso social por Pago de Beneficios Sociales seguido por Felix Choque Copa contra el recurrente, el memorial de contestación de fs. 125 a 127, el Auto de concesión del Recurso de fs.128, el Acuerdo de Sala Plena Nº 490/2013 de fs. 162 y vta., los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Oruro, dictó Sentencia Nº 24/2010, el 29 de mayo de 2010, fs. 88 a 92 y vta., declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 3 a 4, sin costas. Determinándose que el señor Juan Alvarez Herrera cancele a su ex trabajador Felix Choque Copa los derechos sociales que le asisten bajo el siguiente detalle:
Fecha de ingreso: 28 de mayo de 2004
Fecha de retiro: 5 de marzo de 2010
Tiempo de servicios: 5 años, 9 meses y 5 días
Salario promedio indemnizable:$us.400.--
Indemnización por 5 años: $us.2.305,54
Desahucio: $us.1.200.-- Vacaciones 2007-2008 y 2008-2009 a 20 días: $us. 533,32
SUMA TOTAL A CANCELAR $us.4.038,86
Disponiendo que la suma total de $us. 4.038,86.- sea cancelada dentro del tercer día de ejecutoriada la Sentencia bajo alternativa de Ley. Sin perjuicio de que en ejecución de Sentencia, se aplique el art. 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1º de mayo de 2006.
En grado de apelación, deducido por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, pronunció el Auto de Vista AV-SSA-105/2011 de 5 de septiembre de 2011, cursante a fs. 114 a 117 y vta., que CONFIRMÓ la Sentencia Nº 24/2010 de 29 de mayo de 2010, fs.88 a 92 y vta., con costas.
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