Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 82-E Sucre 15 de enero de 2007
DISTRITO: Cochabamba
PARTES : Elviro Cortéz Valeriano c/ Ana Rosmary Monasterios de Faval.
Cheque en descubierto.
(Extinción de la acción penal)
A, 15 de enero de 2007, Sucre.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 135 a 138, interpuesto por Ana Rosmary Monasterios de Faval, impugnando el Auto de Vista Nº 2111/03, de fojas 126 a 127, de fecha 22 de agosto de 2006, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por Elviro Cortéz Valeriano contra la recurrente, por los delitos tipificados en los Arts. 204 y 205 del Código Penal; y
CONSIDERANDO: que, Emilio Orlando Pastor León, en representación legal de Ana Rosmary Monasterios de Faval por memorial de fojas 150 a 155, interpone excepción de previo y especial pronunciamiento de extinción de la acción penal, haciendo una relación cronológica de los actuados del proceso en todas sus etapas e instancias, indicando que desde la primera querella el proceso ha tenido una duración de más de cinco años y desde la repetición de la querella más de cuatro años y desde el auto de admisión de la repetición de querella más de tres años atribuidos al querellante y al órgano jurisdiccional, por lo que pide en definitiva se declare EXTINGUIDA LA ACCION PENAL, en consideración a los artículos 27, numeral 10, 133 y 308 numeral 4) del Código de Procedimiento Penal en vigencia plena.
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