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TSJ

AS/0082/2013

Tribunal Supremo de Justicia
14 de marzo de 2013Social LiquidadoraMag. María Arminda Ríos García
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA

AUTO SUPREMO Nº 082/2013

EXPEDIENTE: S.767/2008

PARTES: Eulogio Martin Paxi Llanos c/ Juan Ticona Apaza

PROCESO: Beneficios Sociales

DISTRITO: La Paz

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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fojas 77 y vuelta, del Auto de Vista Nº 243/2008 SSA-III de 3 de octubre de 2008 (fojas 71 y vuelta), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, interpuesto por Juan Ticona Apaza, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales seguido por Eulogio Martin Paxi Llanos contra el recurrente, el memorial de responde al recurso (fojas 80) los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido Tercero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 97/2007 de 5 de octubre de 2007 (fojas 53 a 54 y vuelta), declarando PROBADA la demanda de fojas 7 y vuelta de obrados, con costas, debiendo la parte demandada cancelar al actor de acuerdo al siguiente detalle:

EULOGIO MARTIN PAXI LLANOS

Tiempo de servicios:        1 año, 3 meses y 17 días

Sueldo promedio indemnizable:   Bs. 1.500.-

Indemnización        Bs.    1.945,83

Desahucio:        Bs.    4.500,00

Vacaciones.        Bs.       222,90

Aguinaldo:        Bs.    1.495,83

TOTAL:        Bs.    8.164,56

Debiendo procederse a la indexación de los conceptos de indemnización y desahucio en ejecución de Sentencia, conforme dispone el Decreto Supremo Nº 23381.

En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 243/08 SSA-III de 3 de octubre de 2008 (fojas 71 y vuelta), la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, CONFIRMÓ la Sentencia Nº 97/2007 de 5 de octubre de 2007 de fojas 53 a 54 y vuelta, con costas y sea conforme a ley.

Que, contra el referido Auto de Vista, Juan Ticona Apaza, interpuso recurso de casación a fojas 77 y vuelta, en el que señala:

1.- Que presenta el recurso en forma y plazo hábil establecido por ley en previsión de los artículos 250, 253, 254, 255 inciso 5), 257 y 258 del Código de Procedimiento Civil, acusando errónea e indebida aplicación de leyes sustantivas y adjetivas.

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Datos del proceso

Demandante
Eulogio Martin Paxi Llanos
Demandado
Juan Ticona Apaza
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
María Arminda Ríos García
Tribunal Supremo de Justicia14 de marzo de 2013AS/0082/2013Fuente oficial