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TSJ

AS/0082/2014

Tribunal Supremo de Justicia
2 de mayo de 2014Social 2da LiquidadoraMag. Delfín Humberto Betancourt Chinchilla
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 2da Liquidadora
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA LIQUIDADORA SEGUNDA

Auto Supremo Nº : 082/2014

Fecha : Sucre, 2 de mayo de 2014

Distrito : Santa Cruz

Expediente Nº : 415/2009

Partes : Manuel Ururi Choque c/ Cooperativa de Transporte 25 de enero LTDA.- Ramiro Flavio Rojas Claros

Proceso :Beneficios Sociales

Recurso : Casación

VISTOS: El Recurso de Nulidad de fs. 104 a 105 y vta., interpuesto por Ramiro Flavio Rojas Claros en representación legal de la Cooperativa de Transporte “25 DE ENERO” LTDA., impugnando el Auto de Vista No. 1119 de 22 de diciembre de 2008 cursante a fs. 100 a 101 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del Proceso Social seguido por Manuel Ururi Choque contra la entidad recurrente, el Auto de 4 de mayo de 2009 que concede el Recurso de Casación, fs. 111, los antecedentes procesales; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Laboral, el Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió Sentencia No. 32 de 04 de junio de 2008, fs. 79 a 82, declarando probada en parte la demanda de fs. 19 a 22, ordenando a la Cooperativa de Transporte Urbano “25 DE ENERO” LTDA., para que por intermedio de su representante legal, cancele a favor del actor la suma de Bs. 13.987,37.-, conforme al siguiente detalle:

Tiempo de servicios: 6 años, 01 mes y 05 días.

Sueldo Promedio Indemnizable: Bs.- 800.-

Indemnización: Bs. 4.877,77

Vacaciones: Bs. 640,00.-

Aguinaldo: Bs. 2.400,00.-

Horas extras: Bs. 3.456,00.-

Bono de antigüedad: Bs. 2.613,60.-

TOTAL Bs. 13.987,37.-

En grado de Apelación formulado por el representante legal de la entidad demandada, fs. 85 a 86 y vta., la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante Auto de Vista No. 1119 de 22 de diciembre de 2008 cursante de fs. 100 a 101 y vta., confirmó la Sentencia de fs. 79 a 82, con costas.

Contra el referido fallo, Ramiro Flavio Rojas Claros en representación legal de la Cooperativa de Transporte “25 DE ENERO” Ltda., interpone Recurso de Nulidad, fs. 104 a 105 y vta., al amparo del art. 210 del Código Procesal del Trabajo, en el que en síntesis, refiere lo siguiente:

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Datos del proceso

Demandante
Manuel Ururi Choque
Demandado
Cooperativa de Transporte 25 de enero LTDA.- Ramiro Flavio Rojas Claros
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Delfín Humberto Betancourt Chinchilla
Tribunal Supremo de Justicia2 de mayo de 2014AS/0082/2014Fuente oficial