Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 083
Sucre, 30 de abril de 2014
Expediente: 538/2013-S
Demandante: Roberto Freddy Benjamín Sivautt Flores
Demandada: Empresa Petrolera Export Import S.A.
Distrito : La Paz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
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VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fs. 278 a 280, interpuesto por Mario Chávez Landívar, en representación de la Empresa Petrolera Export Import S.A. (PEXIM SA), contra el Auto de Vista Nº 130/12 de O6 de noviembre (fs. 266 a 268 vta.) pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro el proceso social por pago de beneficios sociales seguido por Roberto Freddy Benjamín Sivautt Flores, contra la empresa recurrente; la respuesta de fs. 285 a 286 vta.; el Auto de fs. 290 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I. Antecedentes del proceso
I.1 Sentencia
Que tramitado el proceso laboral, el Juez Quinto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia No. 037/2012 de 17 de febrero, cursante de fs. 150 a 153, por la que declaró probada en parte la demanda de fs. 1, y subsanada a fs. 7 de obrados; debiendo la parte demandada Empresa PEXIM SA, cancelar a través de su representante legal el monto total de Bs.100.354,60.- (Cien mil trecientos cincuenta y cuatro bolivianos 57/100) a favor de Roberto Freddy Benjamín Sivautt Flores, por conceptos de indemnización, vacación y sueldos devengados; por el tiempo de servicios de 2 años, 2 meses y 9 días, con un sueldo promedio indemnizable de Bs.16.000.-.
I. 2 Auto de Vista
Interpuestos los recursos de apelación de fs. 163 a 165, por Marco Antonio Gonzáles Rudon, en representación de la Empresa PEXIM SA; y de fs. 179 a 182 vta., interpuesto por el actor Roberto Freddy Benjamín Sivautt Flores, mediante Auto de Vista Nº 130/12 de 06 de noviembre (fs. 266 a 268 vta.) la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, revocó en parte la Sentencia Nº 037/2012 de 17 de febrero, de fs. 150 a 153 de obrados, sin costas; disponiendo a favor del actor la liquidación total en el monto de Bs.142.756,75.- (Ciento cuarenta y dos mil setecientos cincuenta y seis bolivianos 75/100), por conceptos de indemnización, vacación, sueldos devengados, multa de aguinaldo por duodécimas; más la multa del 30% establecida en el Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 01 de mayo de 2006, por el tiempo de servicios de 2 años, 2 meses y 9 días, con un sueldo promedio indemnizable de Bs.16.000.-.
I. 3 Motivos del recurso de nulidad y casación.
Dicha resolución motivó el recurso de nulidad y casación en el fondo y en la forma de fs. 278 a 280, interpuesto por Mario Chávez Landívar, en representación de la Empresa PEXIM S.A., contra el Auto de Vista Nº 130/12 de O6 de noviembre (fs. 266 a 268 vta.) pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, fundamentando en base a lo siguiente:
Por una parte, el recurrente en su recurso de casación en el fondo, señalo los agravios siguientes:
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