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TSJ

AS/0085/2018-RA

Tribunal Supremo de Justicia
26 de febrero de 2018CivilMag. Marco Ernesto Jaimes Molina
Proceso
Resolución de contrato por incumplimiento de condición y pago, reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble, más la cancelación de matrícula en Derechos Reales.
Sala
Civil
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 85/2018-RA

Sucre: 26 de febrero de 2018

Expediente: SC-14-18-S

Partes: Fundación Integral de Desarrollo (FIDES) representada legalmente por su Presidente Luis Armando Molina Flores. c/ Clemente Zelaya Acuña.

Proceso: Resolución de contrato por incumplimiento de condición y pago, reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble, más la cancelación de matrícula en Derechos Reales.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 333 a 338, interpuesto por Clemente Zelaya Molina, contra el Auto de Vista Nº 320-BIS de fecha 26 de septiembre de 2017, cursante de fs. 324 a 325, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario de resolución de contrato por incumplimiento de condición y pago, reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble, más la cancelación de matrícula en Derechos Reales, seguido a instancia de Fundación Integral de Desarrollo (FIDES) representada legalmente por su Presidente Luis Armando Molina Flores contra el recurrente; el Auto de concesión del recurso Nº 07 de fecha 29 de enero de 2018 cursante a fs. 341; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

En base al memorial de demanda de fs. 61 a 64, interpuesto por la Fundación Integral de Desarrollo (FIDES) representada legalmente por su Presidente Luis Armando Molina Flores, se inició el proceso ordinario de resolución de contrato por incumplimiento de condición y pago, reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble, más la cancelación de matrícula en Derechos Reales; demanda con la cual fue citado el demandado Clemente Zelaya Acuña, sin embargo, como éste no contestó dentro de plazo, fue declarado rebelde por Auto de fecha 28 de marzo de 2014 que cursa a fs. 92; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 68 de fecha 26 de junio de 2015 cursante de fs. 182 a 185, donde el Juez 12º de Partido en Materia Civil y Comercial de la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaró PROBADA en todas sus partes la demanda principal. En consecuencia dispuso lo siguiente: 1.- Declarar resuelto los contratos de fecha 13 de septiembre de 2010, con reconocimiento de firmas ante la Notaría Nº 48 y 62 de ese Distrito Judicial. 2.- Se ordenó la cancelación en los registros de Derechos Reales de la Matrícula Nº 7114010001258, para cuyo efecto dispuso que por secretaría se remita el correspondiente testimonio, una vez ejecutoriada dicha resolución. 2.- Ordenó que el demandado entregue y restituya la posesión de los inmuebles a favor del demandante en el plazo de sesenta días de ejecutoriada dicha resolución, bajo prevenciones de librarse el correspondiente mandamiento de desapoderamiento. 3.- En lo que respecta al pago de daños y perjuicios, señaló que los mismos fueron compensados con las sumas de dinero entregadas en las cuotas mensuales pagadas por el demandado.

Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Clemente Zelaya Acuña (memorial de fs. 188 a 189 ampliada por memorial de fs. 191 a 193), la Sala Civil, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista Nº 320-BIS de fecha 26 de septiembre de 2017 cursante de fs. 324 a 325, CONFIRMANDO totalmente la sentencia apelada, con costas. De igual forma, el citado Tribunal de Apelación, ante la solicitud de aclaración, enmienda y complementación, interpuesta por el apelante Clemente Zelaya Acuña (memorial de fs. 328 a 329), emitió el Auto Nº 57 de fecha 15 de noviembre de 2017 que cursa a fs. 330, declarando “No haber lugar a la solicitud”.

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Datos del proceso

Demandante
Fundación Integral de Desarrollo (FIDES) representada legalmente por su Presidente Luis Armando Molina Flores.
Demandado
Clemente Zelaya Acuña.
Proceso
Resolución de contrato por incumplimiento de condición y pago, reivindicación, desocupación y entrega de bien inmueble, más la cancelación de matrícula en Derechos Reales.
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia26 de febrero de 2018AS/0085/2018-RAFuente oficial