Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 091/2021-RRC
Sucre, 16 de marzo de 2021
Expediente: Santa Cruz 37/2020
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Guido Gustavo Lorentzen Crespo
Delito: Alteración y Ocultación de Resultados y otros
Magistrado Relator: Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de noviembre de 2019, Guido Gustavo Lorentzen Crespo interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista N° 54 de 13 de agosto de 2019, de fs. 477 a 483, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido contra suya por el Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos: Alteración y Ocultación de Resultados previsto en el art. 238 inc. l) de la Ley del Régimen Electoral (LRE), Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente.
DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1 Antecedentes
Por Sentencia 62/2018 de 5 de julio, el Tribunal Tercero de Sentencia de Santa Cruz de la Sierra, declaró a Guido Gustavo Lorentzen Crespo culpable y autor del ilícito penal de Alteración y Ocultación de Resultados previsto en el art. 238 inc. l) de la Ley del Régimen Electoral, imponiéndole la pena de tres años de privación de libertad, y absuelto en la comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del CP, respectivamente.
Contra la mencionada Sentencia el ahora recurrente, formuló recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 54 de 13 de agosto de 2019, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que lo declaró admisible e improcedente.
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