Texto del fallo
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA
ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y
ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 92/2017
Sucre, 16 de mayo de 2017
Expediente: SC-SA.SAII-PDO.233/2016.
Distrito: PANDO.
Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 144 a 146, interpuesto por Tatiana Mónica Sejas Condori, en su condición de Directora Ejecutiva de la Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija ZOFRACOBIJA, contra el Auto de Vista Nº 82/2016 de 20 de abril, de fs. 142 a 143, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, del Niño, Niña y Adolescente, Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso laboral seguido por Marcio Méndez Gómez contra la institución recurrente, el Auto de fs. 149 y vta., que concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 184/2016-A de 30 de junio, de fs. 155 que admitió el recurso de casación, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO.
I.1 Demanda y Sentencia.
Que, tramitado el proceso social, el Juez del Partido de Trabajo y Seguridad Social de la Capital, por Sentencia Nº 20/2016 de 25 de enero de 2016, cursante de fs. 128 a 129, declaró probada en parte la demanda de fs. 97. Sin costas, disponiendo que la institución demandada cancele al actor la suma de Bs. 12.971.00 (Doce mil, novecientos setenta y uno 00/100 Bolivianos), por concepto de subsidio de frontera y vacación. Además de la entrega de lactancia en la suma de Bs. 6.624 en productos.
I.1.1 Auto de Vista.
Contra el referido fallo, la institución demandada interpuso recurso de apelación a través de su representante, Tatiana Mónica Sejas Condori, por memorial de fs. 131 a 132, la Sala Civil, Familiar, Social, Niña, Niño y Adolescente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, por Auto de Vista Nº 82/2016 de 20 de abril, de fs. 142 a 143, confirmó la sentencia apelada. Sin costas.
I.2 MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.
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