Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA Y SOCIAL ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 92
Sucre, 18 de febrero de 2021
Expediente : 409/2020
Demandante : Marcia Fernández Torrico
Demandado : Gerencia Distrital Cochabamba del Servicio
de Impuestos Nacionales
Proceso : Contencioso Tributario
Departamento : Cochabamba
Magistrado Relator : José Antonio Revilla Martínez
VISTOS: El recurso de casación de fs. 579 a 587, interpuesto por Marcia Fernández Torrico, hija de la sucesora procesal de Guillermo Alfredo Fernández Pommier, contra el Auto de Vista N° 003/2020 de 12 de febrero, cursante de fs. 549 a 562, emitido por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso contencioso tributario seguido por Guillermo Alfredo Fernández Pommier contra el Servicio de Impuestos Nacionales Distrital Cochabamba, la contestación al recurso de fs. 595 a 601, el Auto de 15 de octubre de 2020, de fs. 302, que concedió el recurso de casación, el Auto Supremo de 5 de noviembre de fs. 607, que admitió el recurso de casación en la forma y en el fondo; y todo lo que fue pertinente analizar:
I. ANTECEDENTES PROCESALES
Sentencia
Tramitado el proceso contencioso tributario el Juez Primero Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la Capital del Distrito Judicial de Cochabamba, emitió la Sentencia CT Nº 12/2018 de 29 de marzo de 2018, de fs. 483 a 503, que declaró IMROBADA la demanda contenciosa tributaria de fs. 440 a 458; en consecuencia, declaro firme y subsistente la Resolución Determinativa N° 17-00213-15 de 24 de marzo de 2015.
Auto de Vista
En mérito al recurso de apelación interpuesto por el demandante de fs. 506 a 519, la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista 003/2020 de 12 de febrero, de fs. 549 a 562, CONFIRMÓ en su integridad la Sentencia N° 12/2018 apelada.
II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN.
Argumentos del recurso de casación.
Contra el Auto de Vista la parte demandante María Fernández Torrico, sucesora del actor, interpuso el recurso de casación en la forma y en el fondo, bajo los siguientes argumentos:
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